Por una infracción considerada como muy grave , la sanción puede llegar hasta los 15.025 euros, e, incluso, el cierre del establecimiento si se reincide. La multa mínima es de 60 euros. Entre las cuestiones merecedoras de la sanción extrema figuran la tortura, el envenenamiento, el uso de animales en peleas o la organización de éstas, prestar recintos para actividades ilícitas o tomar imágenes de escenas donde se provoque sufrimiento.

También son sancionables actuaciones como vender animales a menores, abandonarlos, inmovilizarlos sin justificación, esterilizarlos sin control veterinario, obligarlos a trabajar en exceso, venderlos en mercados ambulantes o no destruir los cadáveres con arreglo a la ley.