El paso que ahora inicia Extremadura lo han dado antes otras comunidades autónomas y en ningún caso ha faltado la controversia. Seis regiones disponen ya de un nuevo estatuto de autonomía --Comunidad Valenciana, Cataluña, Andalucía, Baleares, Aragón y Castilla y León--, otras dos tienen sus textos en tramitación --Canarias y Castilla-La Mancha-- y en el resto el debate sobre la necesidad o no de iniciar una reforma estatutaria está ya sobre la mesa.

El primero en salir adelante fue el valenciano, pero el que realmente ha marcado el camino a seguir ha sido el nuevo Estatuto de Cataluña. En su articulado se han incluido novedades como la definición del territorio como realidad nacional, el modelo de financiación, la determinación de las competencias y la definición de los derechos de sus ciudadanos. El resto tomó nota y, en mayo o menor medida, han seguido las pautas marcadas en él.

El resultado común ha sido una batería de recursos de inconstitucionalidad contra cinco de los seis estatutos reformados. Solo el de Baleares se ha salvado hasta el momento de la revisión que tendrá que realizar el Tribunal Constitucional. E incluso Extremadura ha sido protagonista, al interponer la Junta un recurso contra el nuevo texto andaluz y otro contra el de Castilla y León, en ambos casos por atribuirse las competencias en exclusivas de las cuencas hidrográficas del Guadalquivir y el Duero, respectivamente.

De la “nación” a la “comunidad histórica”

Una de las cuestiones que mayor polvareda ha levantado ha sido la definición del territorio. En este sentido, Cataluña ha sido la que ha llegado más lejos en la reforma de su estatuto al definirse como una "nación". Aunque durante la tramitación parlamentaria en el Congreso y el Senado se minimizó la relevancia jurídica de esta circunstancia, al situarse dentro del preámbulo, mantiene los recursos presentados contra esta fórmula por considerarse que puede chocar con la Constitución, donde se refleja que la única nación es España.

En el resto de comunidades han apostado por definiciones menos conflictivas y con referencias a la unidad del Estado español. Solo el Estatuto andaluz se ha acercado al postulado catalán, al referirse a su territorio como una "realidad nacional". Comunidad Valenciana, Aragón y Baleares, por su parte, apostaron por el término "nacionalidad histórica" y Castilla y León se conformó con identificarse como una "comunidad histórica". Unicamente en el caso catalán esta cuestión ha sido motivo de recurso judicial ante el Tribunal Constitucional.

Cómo recaudar y cómo recibir más del Estado

Como reconoce el catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Extremadura (Uex) Clemente Checa, Cataluña también ha marcado el camino en lo que se refiere a fiscalidad y financiación de las comunidades autónomas en este proceso de reformas estatutarias. "Todos avanzan hacia una mayor autonomía fiscal", apunta Checa, que recuerda que mientras hasta ahora el Estado cedía hasta el 33% de la recaudación por el IRPF, ese umbral se ha llevado en Cataluña hasta el 50%.

Asimismo, se han fijado condiciones al principio de solidaridad regional. Cada comunidad ha tratado de poner condiciones a su aportación al Fondo de Compensación Interregional, una reserva con la que el Estado trata de que las regiones más desarrolladas contribuyan económicamente al progreso del resto.

Y además, se han puesto las pautas sobre la inversión que el Gobierno central debe realizar en cada territorio. De este modo, Cataluña ha logrado que se apruebe en el Parlamento que el Estado aporte a la Generalitat un porcentaje de la inversión total en infraestructuras equivalente al peso de Cataluña en el PIB nacional (sobre el 18%) durante los próximos siete años. El resto ha seguido el patrón y han fijado condiciones en función de la realidad que más les favorece: Andalucía estipula que el dinero sea equivalente al peso de su población sobre el conjunto del Estado, Baleares hace referencia a los inconvenientes de su insularidad y Aragón exige que se tenga en cuenta en el reparto tanto el envejecimiento como la dispersión de sus habitantes.

El conflicto del agua y las competencias

Las revisiones estatutarias que se han llevado a cabo hasta el momento solo han concretado cuáles son las competencias autonómicas."Parece más de lo que es", explica Juan Antonio Doncel, profesor de Derecho Constitucional de la Uex, que asegura que "solo se han ordenado las cosas y se ha incorporado la doctrina del Tribunal Constitucional". Así, mientras mientras Valencia y Baleares simplemente reflejan las competencias asumidas y transferidas por el Estado, los otros cuatro apuestan por especificar las materias que ejercen de manera exclusiva, compartida o ejecutiva. "No asumen nuevas competencias", insiste Doncel.

Pero es este punto donde se ha originado uno de los principales conflictos, ya que casi todas ellas han incluído la reserva de la gestión de los recursos hídricos de los ríos que surcan su territorio. El problema es que en prácticamente todos los casos las cuencas hidrográficas se extienden por otras regiones. Es lo que ocurrió con la gestión del Guadalquivir, recurrido por Extremadura y Valencia. De hecho, la Junta extremeña ya ha presentado un recurso de inconstitucionalidad, al igual que contra el nuevo Estatuto de Castilla y León. En este caso, alega que el Gobierno castellanoleonés no puede asumir la gestión del Duero por cuanto su cuenca abarca territorio extremeño. Concretamente afecta a los municipios de Robledillo de Gata y Descargamaría --una superficie de 35 kilómetros cuadrados-- por los que discurre el arroyo Malena, procedente de un afluente del Duero.

Además, Aragón y Castilla-La Mancha han recurrido el Valenciano por atribuirse la reserva de redistribución de las aguas excedentarias, en referencia al Ebro y al Tajo; a Cataluña le ocurre lo mismo con Valencia, y La Rioja rechaza el texto aragonés.