El mes pasado se dejó de realizar el servicio de recuperación de vidrio puerta a puerta en los establecimientos de hostelería de Plasencia. Según la empresa que prestaba el servicio para Ecovidrio, por incumplimiento de lo pactado, pacto que habían realizado verbalmente Ecovidrio y Reciclajes Extremadura, ya que una tercera empresa que es la encargada del pago del vidrio recuperado se negó a la firma del convenio, con lo que reciclajes Extremadura se vio en la obligación de finalizar el servicio. Tanto Ecovidrio como Sirur, que es la empresa que tiene la adjudicación de recogida de los contenedores iglus en Extremadura, incumplen sistemáticamente la ley que les obliga a un servicio adecuado y al mantenimiento de los contenedores, siendo el ayuntamiento el que tiene que velar por el cumplimiento de obligaciones. Con lo que el mismo Ayuntamiento de Plasencia falta a su labor de hacer respetar las ordenanzas y la ley en materia de residuos urbanos. Careciendo de voluntad política en la resolución del problema existente desde hace años para que se lleve a cabo y cumpla la ley de residuos urbanos e industriales. La CNC sanciona a Ecovidrio con una multa de un millón de euros por conductas anticompetitivas. En 2003 fue sancionada por el Tribunal de Defensa de la Competencia. EP - España - 3 de agosto de 2010 Lo último sobre Vivienda y suministros :Noticias Acciones FACUA El recibo de la luz subirá en octubre 2,48 euros para el usuario medio 30/9/2010 La bombona de butano sube un 2,81 en octubre 30/9/2010 Condenada una constructora a pagar más de 167.000 euros a veintisiete socios de FACUA Castilla y León 24/9/2010 FACUA considera que la subida eléctrica es el resultado de una política energética plegada a los intereses empresariales 23/9/2010 a | a | a El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia CNC ha sancionado a la Sociedad Ecológica para el Reciclado de Envases de Vidrio Ecovidrio con una multa de un millón de euros por conductas anticompetitivas, según informó el organismo que preside Luis Berenguer.Según el expediente de Competencia, Ecovidrio incumplió las condiciones de una autorización singular concedida por el antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia TDC. Este incumplimiento sería en los aspectos relacionados con el intercambio de información, la independencia de sus empleados y la aplicación de criterios objetivos y transparentes en la selección de las empresas prestadoras de los servicios de recogida y tratamiento de los residuos, así como en la asignación del calcín vidrio triturado entre las empresas vidrieras.Ecovidrio, entidad gestora de un Sistema Integrado de Gestión SIG de residuos de envases y envases usados de vidrio, es una asociación sin ánimo de lucro financiada con las aportaciones que realizan las empresas envasadoras por cada envase de vidrio que ponen en el mercado, aportaciones que debe pagar todo envase incluido en un sistema integrado de gestión.En el año 2003 fue sancionada por el TDC por un acuerdo de reparto del mercado del calcín y por abuso de posición de dominio como único SIG de envases de vidrio.En 2005, solicitó la mencionada autorización singular para los pactos y acuerdos en los que se concreta la gestión del SIG, que fue concedida por el TDC a condición de la aplicación efectiva en todos sus extremos de un modelo de gestión y funcionamiento del SIG, único compatible con las normas de competencia.Ahora, la CNC acredita que Ecovidrio incumplió dichas condiciones desde el mismo momento de su concesión, y en concreto, las anteriormente mencionadas.Según Competencia, la sociedad no aplicó el modelo de gestión autorizado bajo la vigencia de la Ley 16/1989, que le era de obligado cumplimento, y siguió sin aplicarlo posteriormente, bajo la Ley 15/2007, sin que exista justificación racional alguna para no seguir aplicándolo con la nueva Ley, puesto que no se habían modificado las circunstancias que dieron lugar a la imposición de las condiciones de la autorización singular, como única vía para que la gestión del SIG por Ecovidrio no incurriese en una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007.