La Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias consagra a la Podología como una profesión sanitaria con características propias, que la singularizan de las otras disciplinas, reservando un apartado en el Artículo 7.d) que especifica que los Diplomados Universitarios en Podología desempeñan las actividades dirigidas al diagnóstico y tratamiento de las afecciones y deformidades de los pies, mediante las técnicas terapéuticas propias de su disciplina (como son la ortopedia del pie y la cirugía podológica), así como, la administración de anestésicos locales y fármacos necesarios.

La prescripción podológica, el poder recetar los medicamentos relacionados con la profesión, es una vieja reivindicación y supone un gran avance para la profesión.