El Tribunal Supremo ha modificado una sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz en la que se condenaba por un delito contra la salud pública (tráfico de drogas) a un hombre y una mujer vecinos de Don Benito por hechos ocurridos en el 2004. Los hacía criminalmente responsables de este delito y los condenaba a 11 años de prisión y multa de 1.074.873 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un año --en caso de impago-- a cada uno de ellos, así como al pago de una tercera parte de las costas causadas a cada uno.

Los condenados presentaron recurso argumentando infracciones, aplicación indebida y violación de varios artículos de la Constitución y del Código Penal y error de apreciación en las pruebas. El Supremo anula dicha resolución dictando nueva sentencia con declaración de oficio de las costas y sentencia que no procede establecer responsabilidad personal subsidiaria caso impago de la pena de multa impuesta y deja sin efecto el comiso de los vehículos, joyas y ordenadores intervenidos a la mujer. Y falla que sólo modifica que no procede la responsabilidad personal subsidiaria de 1 año caso impago de la multa impuesta a los dos condenados.