El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha anulado la resolución de la Consejería de Cultura contra el Ayuntamiento de Don Benito por el derribo del entorno de la iglesia de Santiago. En la sentencia emitida el día 24, se establece que dicha resolución, en la que se abría un expediente sancionador de 100.000 euros, no es conforme a Derecho.

La consejería impuso la sanción porque se demolió el entorno de dicha iglesia --el antiguo teatro--sin su autorización, siendo el templo un Bien de Interés Cultural. Sin embargo, en los fundamentos de derecho, la sentencia deja claro que es la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural la que habla de autorización necesaria para actuar sobre un entorno delimitado . Añade que "no consta que en la declaración de BIC de la iglesia se delimitase el entorno ", ni que guardara relación para su correcta contemplación. Además, toma en cuenta el informe de la arquitecta municipal que, por el contrario, establece que la demolición libera dos fachadas del edificio; y que el alcalde actuó por el estado de ruina y peligro del teatro, lo que justifican un informe del jefe de la Policía Local y de un arquitecto independiente.