El pleno del Ayuntamiento de Villanueva ha aprobado, inicialmente, la ordenanza que regula la actividad de patrocinio, con el objetivo de concretar el régimen reglamentario por el que se regulan los patrocinios privados que pueden ser aceptados por el consistorio, con el fin de promover la participación de iniciativas privadas en el desarrollo de fines de interés general.

Tal y como especifica la ordenanza, se entiende por patrocinio aquella actividad por la que el ayuntamiento recibe de una persona física o jurídica privada, con la que se firme el convenio, una aportación económica, en especie, de servicio o de cesión de bienes muebles o inmuebles, para hacer actividades.

Podrán utilizarse para actividades deportivas, culturales, educativas, turísticas, de festejos, restauración y mantenimiento de bienes de carácter histórico, artístico o cultural.

Una de las cláusulas, entre otras, establece que no podrán aceptarse patrocinios que puedan dar lugar al establecimiento de una relación laboral con el ayuntamiento. Tampoco, los patrocinios podrán ser aplicados a atenciones distintas de aquellas para las que fueron otorgados.

Como contraprestación, el consistorio devolverá esta colaboración a los patrocinadores en forma de publicidad.