El Tribunal Supremo ha dictado un auto de inadmisión de un recurso de casación formulado por dos varones sobre una sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz que los condena a varios años de cárcel por un presunto un delito de agresión sexual cometido en septiembre de 2013 sobre dos mujeres.

De igual modo, acuerda que las costas se imponen a las partes recurrentes, según el auto en cuestión, facilitado por el Bufete Tetuán. Contra la misma solo se podrá interponer recurso de amparo ante el Constitucional.

La Audiencia de Badajoz condenó a Florin Valentín Burtea por el delito de agresión sexual con la concurrencia de circunstancia agravante a 11 años de prisión, con la pena accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. También le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de S.J.G., de su domicilio o lugar de trabajo, o comunicarse con ella por cualquier medio por un tiempo de 10 años.

A su vez, condenó a Ionut Sebian Pucia por el delito de agresión sexual, con la concurrencia de circunstancia agravante, a la pena de cinco años y con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo el tiempo de la condena.