Los cuatro acusados de defraudar 331.120 euros a una gasolinera y a una empresa almacén mayorista de Olivenza engordando las facturas en el repostaje de gasoil han sido condenados a tres años de prisión cada uno por un delito agravado de estafa.
La Audiencia Provincial de Badajoz también les obliga a pagar una multa de ocho meses a razón de seis euros de cuota. Además, en concepto de responsabilidad civil deberán indemnizar a Almacenes Delgado e Hijos con una cantidad de 314.137,82 euros y a la estación de servicio Puente Ajuda con 16.982,17, justo las cantidades que exigían tanto la Fiscalía como la acusación particular ejercida, respectivamente, por Borja Juárez y Javier Morales.
La sentencia le da especial importancia a las declaraciones de los perjudicados, calificándolas de ser «sumamente reveladoras en orden a esclarecer los hechos acaecidos» al haber detallado los «aspectos relativos al funcionamiento del negocio de suministro de hidrocarburos, los turnos de trabajo de los expendedores y la documentación que se confecciona tras realizarse cada operación de venta de combustible, así como la liquidación y arqueo de lo recaudado». Posteriormente, el texto deja claro que «en ausencia de prueba testifical directa y sin confesión de los acusados, constituyen el medio acreditativo esencial las periciales practicadas».
Así, los jueces concluyen que existió «una maquinación a gran escala sostenida en el tiempo y desarrollada de común acuerdo por los cuatro acusados» que desembocó en el engaño y perjuicio de la empresa almacén mayorista, la cual se vio «obligada a abonar unas cantidades por compra de combustible muy superiores a las realmente debidas», y de la gasolinera, que aplicó «unas bonificaciones indebidas por el exceso». La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación.