Tras el recurso de la Asociación Liberum
El TSJEx anula la ordenanza de las zonas de bajas emisiones de Badajoz
El tribunal sostiene que debería haberse establecido a través un plan de movilidad urbana sostenible y no mediante una normativa municipal
El concejal de Urbanismo asegura que en la práctica la decisión no afecta al tráfico, pues las 11 vías que abarca, ya tenían restricciones antes

Mapa con las zona de baja emisiones en el Casco Antiguo de Badajoz, con dos áreas, la 1 era la única implantada hasta ahora. / LA CRÓNICA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha declarado nula de pleno derecho la Ordenanza de Creación y Gestión de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) del Ayuntamiento de Badajoz, que se aprobó en pleno el 25 de abril del año pasado.
De este modo, estima el recurso presentado por la Asociación Liberum, que alegaba que la zona de bajas emisiones se había establecido mediante ordenanza municipal y no a través de un plan de movilidad urbana sostenible, como establece la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, incurriendo así en una vulneración del principio de jerarquía normativa.
La sentencia del TSJEx señala que el ayuntamiento se ha saltado los pasos a seguir: ni ha sometido a exposición pública el Plan de Movilidad Urbana Sostenible ni lo ha llevado al pleno para su aprobación. En este sentido, expone que el contrato para la redacción de este plan se firmó en agosto de 2022 y en enero de 2021, a través de la página web municipal, se realizó una encuesta para conocer las necesidades de desplazamiento en la ciudad -que «en modo alguno se asemeja al trámite esencial de información pública-.
Tras ampliar el plazo inicial de ejecución del plan, a petición de la contratista, el ayuntamiento lo recibió en julio de 2023 y en noviembre de ese mismo año, «tras considerar la urgencia del asunto por unanimidad», se aprobó inicialmente en pleno la Ordenanza de Creación y Gestión de las zonas de Bajas Emisiones, a la que se dio el visto bueno definitivo en abril de 2024.
Sin embargo, el tribunal entiende que las ZBE tienen que estar contempladas en el plan de movilidad, en el que se fijarán sus determinaciones esenciales, junto con el resto de actuaciones a llevar a cabo en el conjunto del municipio para obtener una movilidad sostenible, que luego serán desarrolladas por la ordenanza municipal. Es decir, se hizo al revés.
Ya había un plan de movilidad aprobado en 2008
El concejal de Urbanismo, Carlos Urueña, ha explicado que Badajoz ya tenía un Plan de Movilidad Sostenible Urbana desde 2008 y que se entendió que era válido para aprobar la ordenanza, ya que los plazos apremiaban, pues la fecha límite en aquel momento para implantar al menos la primera fase de la ZBE era el 31 de diciembre de 2023. «Consideramos que era suficiente para aprobar la ordenanza de Zona de Bajas Emisiones, porque lo que dice la normativa es que esta debe ser coherente por las medidas del plan de movilidad, y lo eran con el que ya estaba aprobado y rige a día de hoy», argumentó.
Calles con las mismas restricciones
La ordenanza de las ZBE entró en vigor en junio de 2024 y se puso en marcha la primera fase, que incluyó 11 calles en las que ya había limitación de acceso a residentes y vehículos autorizados. Por ello, según el concejal de Urbanismo, que el TSJEx la haya anulado no afecta «en la práctica», pues, aunque la deje sin efecto, estas vías seguirán con las mismas restricciones de tráfico que hasta ahora.
De hecho, según recordó, se eligieron estas calles por ese motivo, ya que la intención era causar las menos molestias posibles, sobre todo, teniendo en cuenta que se actuaba por imposición de la Ley del Cambio Climático y la Transición Ecológica, no porque en el Casco Antiguo existan problemas de contaminación. «No los hay».
La sentencia del TSJEx no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, pero el ayuntamiento lo descarta.
¿Cuáles son los pasos a partir de ahora? Urueña avanzó que el nuevo Plan de Movilidad urbana Sostenible se llevará al próximo pleno para su aprobación y, posteriormente, se hará lo mismo con la ordenanza municipal. El ayuntamiento valorará si como hizo la primera vez, implanta la ZBE en dos fases o lo hace en una sola. El tope máximo es el 31 de diciembre de 2025.
La segunda fase de la ZEB, que se dejó en suspenso a la espera de la resolución del TSJEx, es la que más restricciones supondrá. Habrá que instalar nuevas cámaras, más puntos de control, lectores de pegatinas, se tendrá que ampliar la sala de videocontrol de la Policía Local y se cerrará al tráfico general la mayor parte del Casco Antiguo: no se podrá circular desde Martín Cansado, Juan Carlos I y Prim hacia la Alcazaba y la carretera de Circunvalación Reina Sofía.
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