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Por su presunta contratación irregular en la diputación

David Sánchez recusa a los magistrados de la Audiencia de Badajoz que lo tienen que juzgar

Su defensa, Emilio Cortés, alega falta de imparcialidad objetiva del tribunal: "Ha llegado a sus propias conclusiones contra reo"

David Sánchez, a su llegada a los juzgados de Badajoz, en una foto de archivo.

David Sánchez, a su llegada a los juzgados de Badajoz, en una foto de archivo. / S. GARCÍA

Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

Badajoz

Segunda solicitud para que se aparte a los magistrados de la Audiencia de Badajoz que tienen que enjuiciar el conocido como 'caso David Sánchez'. El hermano del presidente del Gobierno ha presentado ya el escrito de recusación del tribunal que tiene que dirimir sobre su presunta contratación irregular en la diputación pacense y si es o no culpable de los delitos de prevaricación y tráfico de influencias que se le atribuyen a él y a los otros 10 investigados más en esta causa.

Su abogado, Emilio Cortés, como ya avanzó a este diario, alega pérdida de imparcialidad objetiva de los magistrados, ya que considera que en su auto del pasado 23 de septiembre, en el que desestimaban el recurso de apelación interpuesto por su representado contra la resolución de la jueza de instrucción Beatriz Biedma y le daba la razón, confirmando la existencia de suficientes indicios para que todos los investigados se sentaran en el banquillo, "exceden en mucho" del balance indiciario "recomendable" y hacen una "valoración provisional de la culpabilidad"-

"El tribunal ha llegado a sus propias conclusiones contra reo", defiende Cortés, que hace suyas todas las consideraciones del escrito de recusación de la exdirectora de Recursos Humanos de la diputación, Juana Cinta Calderón.

La defensa de David Sánchez recuerda que tres de los cuatro magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz que firmaban el citado auto, José Antonio Patrocinio (presidente), Emilio Serrano (ponente) y María Dolores Fernández, son los que intregan el tribunal de enjuciamiento de este proceso, por lo que entiende que han tenido "acreditada intervención decisioria sustantiva" en la fase de instrucción de esta causa penal. En este sentido, argumenta que esa participación ha sido en un trámite "esencial" (el fallo del recurso de apelación contra el auto de acomodación en procedimiento abreviado) y con un discurso en el que se deslizan "valoraciones de sesgo probatorio" y se dan "por acreditados rasgos de cargo contra los acusados".

(en ampliación)

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