Tribunales
Indemnizan a una mujer que pasó 145 días en prisión y fue absuelta por la Audiencia de Badajoz
El Ministerio de Justicia estima parcialmente su reclamación y la compensa con 3.700 euros por el daño moral al estar privada de libertad durante ese tiempo

Los abogados Enrique González de Vallejo y Alicia Alfonso. / LA CRÓNICA

El Ministerio de Justicia indemnizará con 3.700 euros por los daños morales a una mujer que pasó 145 días en prisión preventiva y fue absuelta después por la Audiencia Provincial de Badajoz, un fallo que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).
La mujer, de origen colombiano, estaba investigada por los delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, aprovechamiento lucrativo de la prostitución ajena y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y permaneció en prisión provisional entre el 2 de febrero y el 26 de junio, cuando quedó en libertad provisional a la espera de ser enjuiciada. La fiscalía solicitaba para ella 11 años de prisión.
El juicio se celebró en 2021 en la Audiencia de Badajoz, que dictó sentencia absolutoria en octubre de ese año. El ministerio público recurrió ante el TSJEx, que avaló la resolución del tribunal de instancia en diciembre de 2021. En su resolución, los magistrados consideraron acreditado que la presunta víctima -que había denunciado los hechos en Madrid y se retractó durante la vista- había ejercido la prostitución de forma voluntaria cuando llegó desde Colombia, sin coacciones ni amenazas por parte de la procesada.
Tras su absolución y una vez dictada sentencia firme, la mujer, defendida en esta causa por los abogados Enrique González de Vallejo y Alicia Alonso, presentó, en julio de 2022, ante el Ministerio de Justicia una reclamación patrimonial por prisión preventiva no seguida de condena, solicitando 17.400 euros de indemnización (o subsidiariamente 10.930 euros) por los daños que le ocasionó estar en la cárcel durante esos 145 días.
Cuatro años después, el ministerio ha estimado parcialmente su reclamación, al entender que cumple los requisitos para ser compensada por haber estado privada de libertad durante ese tiempo y el daño que esta situación generó en su esfera personal y laboral. La resolución de Justicia rebaja las pretensiones económicas de la reclamante al no estimarse el perjuicio laboral o lucro cesante ni otra circunstancia que agraven los menoscabos que la privación de libertad comporta.
La mujer aún no ha recibo los 3.700 euros.
Fuente: La Crónica de Badajoz
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