El concejal delegado de Urbanismo, Valentín Pacheco, consideró ayer que el ayuntamiento no está obligado a asumir la competencia del mantenimiento y conservación de la red secundaria de caminos rurales en las condiciones establecidas por la Junta. Un requerimiento hecho por el titular de una finca para el arreglo de un camino público que pasa por su terreno ha abierto el debate. El ayuntamiento le remitió a la Junta y la administración autonómica le mandó a la entidad local.

La Ley Agraria de Extremadura de marzo de 2015 estableció que la red secundaria de caminos rurales es titularidad de los ayuntamientos. Un año antes la Ley de Sostenibilidad de la Administración Local retiró a los consistorios la competencia de conservación de los caminos rurales. En el caso de Cáceres tiene una incidencia mayor por la extensión de su término, que es casi tan grande como la provincia de Guipúzcoa.

En el catálogo se cifra en 204 los caminos (falta por determinar cuántos entran dentro de la categoría de red secundaria rural) que hay en el municipio con una longitud total de 1.088 kilómetros. El catálogo está en la fase final para su aprobación definitiva.

Pacheco explicó que con este asunto se abre un doble debate. El primero es si las competencias que la ley de bases de régimen local da al ayuntamiento son cerradas o se pueden incorporar otras. El Tribunal Constitucional resuelve que puede tener otras competencias, además de las propias, por acuerdos del Estado y de la comunidad autónoma, delegación prevista en la ley de bases.

SOSTENIBILIDAD / La segunda cuestión es cómo debe pasar esa competencia al ayuntamiento. Es en este segundo punto en el que Pacheco fundamenta su opinión de que el ayuntamiento no está obligado a asumir el mantenimiento y conservación de la red secundaria de caminos rurales. El concejal recordó que la ley de bases establece que el ayuntamiento no podrá ejercer competencias distintas de las propias o atribuidas por delegación cuando se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la hacienda local.

El concejal añadió que cuando se redactó la Ley Agraria de Extremadura no se incorporó a la misma una memoria o estudio económico del impacto que la atribución de la competencia iba a tener en el ayuntamiento para que no afectase a la hacienda local. Esa falta de estimación o de recursos adicionales de la administración autonómica a la local para asumir el cuidado de los caminos es el motivo que recordó Pacheco al detallar las razones «por las que --en el gobierno local-- entendemos que esa delegación de competencias» no afecta al ayuntamiento.

La discusión de este asunto se produce en un momento en el que la aprobación definitiva del catálogo de caminos públicos está en su fase final. Su redacción por el ayuntamiento se inició en 2013. En el documento inicial del catálogo se contabilizaron 248 caminos públicos, en el provisional se subió a 264, mientras que ahora, tras el último periodo de información pública, hay 204.