Los patinetes eléctricos y las bicicletas no podrán circular por las aceras ni otras zonas peatonales de la capital cacereña, salvo excepciones que serán debidamente anunciadas y señalizadas. Sí podrán hacerlo por carriles bici e itinerarios compartidos de peatones-ciclistas guardando ciertas normas (por debajo de 10 km/h). Y por supuesto podrán hacerlo por la calzada, es decir, con los demás vehículos, que será su «espacio natural». Así lo recoge la ordenanza reguladora de la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en Cáceres, que prácticamente ya tiene una regulación definitiva al haber recibido la aprobación inicial en el pleno municipal celebrado el jueves. Si no hay alegaciones durante el periodo de exposición pública, se dará por aprobada definitivamente. Si las hubiera, pasará de nuevo por el pleno.

El concejal de Policía Local y Movilidad, Rafael Mateos, recuerda que «Cáceres ha sido, junto con Barcelona, una de las primeras ciudades españolas en regular el uso del patinete eléctrico y en general de los VMP», como bicicletas, segways, cuadriciclos o tuk tuk. Cada día se utilizan más por su contaminación cero, su facilidad de aparcamiento y su gasto mínimo. Lo primero que hay que saber es que la ordenanza los considera vehículos, «porque no son juguetes», recuerda Mateos.

Los VMP se clasifican en tres tipos: la clase A comprende bicis, ruedas, plataformas y patinetes eléctricos que no superen los 25 kg de peso ni los 20 km/h; la clase B incluye plataformas y patinetes eléctricos de hasta 50 kg (edad mínima:16 años) que no superen los 30 km/h; y la clase C se refiere a ciclos de más de dos ruedas, también de uso personal, pero generalmente destinados a turismo, transporte u otro fin económico, que no rebasen los 45 km/h.

así deberán circular / Lo primero que deja claro la ordenanza, que se ajusta a las disposiciones que ha emitido al respecto la Dirección General de Tráfico y a las indicaciones de la FEMP, es que «los VMP deberán utilizar la calzada para circular». No obstante, el ayuntamiento cacereño ya está tramitando un proyecto para el uso compartido del asfalto por parte de coches y bicis en 33 calles, muchas de ellas en el centro y todas limitadas a 30 km/h, lo que hará más fácil y segura la incorporación también del patinete y de otros VMP a la calzada. El resto de los vehículos deberán dejar al menos metro y medio de distancia al adelantarlos. «El proyecto ya está en contratación, se han abierto los sobres y 9 de las 15 empresas ofertantes están en baja temeraria, por lo que deben justificar ahora los motivos», indica el concejal. En menos de un mes podría estar resuelto.

También se autoriza el uso de patinetes y VMP por carriles bici pero a un máximo de 20 km/h; y por itinerarios compartidos entre peatones y carril bici siempre dentro las bandas señalizadas y por debajo de los 10 km/h (se respetará la prioridad de paso de los peatones, con los que se mantendrá una distancia de al menos un metro en adelantamiento o cruces).

Los VMP, con carácter general, no podrán circular por las aceras, parques ni paseos destinados al uso peatonal. El ayuntamiento podrá establecer zonas de tránsito compartido entre viandantes y VMP «en zonas peatonales y en aceras de más de 5 metros de anchura, en las que, al menos, 3 de ellos estén expeditos, pero tendrán que ser definidas previamente por resolución de alcaldía y señalizadas», explica Rafael Mateos. Nunca se hará en áreas de gran relevancia comercial ni de tránsito elevado de personas. «En cualquier caso, los VMP circularán en estos tramos por debajo de 10 km/h y siempre que no haya aglomeraciones», matiza.

Además, los conductores de patinetes y bicicletas deberán observar ciertas reglas: respetarán en todo momento la prioridad de los peatones; mantendrán una distancia de al menos un metro con la fachada de los edificios y con los peatones; no realizarán maniobras negligentes o temerarias que puedan afectar a la seguridad de los viandantes; y en la calzada, los VMP circularán preferentemente por el carril de la derecha (o por el contiguo a los carriles reservados a otros vehículos). Asimismo, habrán de cumplir lo establecido en la legislación de tráfico sobre las tasas de alcohol y presencia de drogas en el organismo, como cualquier otro conductor, y seguir las mismas normas acerca de la utilización de teléfonos móviles, auriculares u otros sistemas de reproducción de sonido.

Los VMP deberán aparcar en las vías urbanas de uso exclusivo para éstos. Queda prohibido amarrarlos a árboles, semáforos, bancos, papeleras, marquesinas del bus, señales u otros elementos del mobiliario urbano cuando se dificulte su funcionalidad o cuando puedan dañarlos.

Los VMP no requerirán de una autorización municipal para circular, salvo la clase C (cuando tengan fines económicos). Éstos también necesitarán un carnet urbano para su conducción (no requiere prueba, solo documentos) y un seguro de responsabilidad civil que al resto de VMP no se exigirá. Por cierto que los menores de 16 años sí pueden usarlos pero solo en zonas sin tráfico y bajo la supervisión parental

Por otra parte, «los VMP deberán disponer de un timbre (se prohiben otros aparatos acústicos) y cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, habrán de llevar una prenda o elemento luminoso o retro-reflectante homologado, visible a una distancia mínima de 150 metros, todo ello por su seguridad», subraya Rafael Mateos. Los que circulen por vías ciclistas o itinerarios señalizados o bien zonas limitadas a 30 km/h podrán arrastrar un remolque e incluso llevar niños en dispositivos debidamente certificados y homologados.

Si los conductores de VMP no tienen en cuenta estas normas pueden incurrir en faltas leves (por ejemplo no llevar timbre), graves (no mantener la distancia de un metro al adelantar a los peatones) o muy graves (superar los 20 km/h en zonas peatonales), que van desde 100 a 2.000 euros.