La sentencia se puede recurrir en el Tribunal Supremo
La empresa que construyó el edificio Embarcadero no deberá indemnizar al Ayuntamiento de Cáceres

La empresa que construyó el edificio Embarcadero no deberá indemnizar al Ayuntamiento de Cáceres
EFE
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha fallado contra la sentencia que condenaba a la UTE Prinsa-Casado a indemnizar al Ayuntamiento de Cáceres con 342.516 euros por daños y perjuicios derivados de la construcción del edificio Embarcadero.
El alto tribunal extremeño ha estimado así el recurso de apelación que la empresa presentó contra la sentencia que le obligaba a indemnizar al consistorio cacereño.
La sentencia del Juzgado Número 1 de Cáceres (fechada el 29 de octubre de 2018) desestimó inicialmente el recurso interpuesto por la UTE contra el acuerdo de alcaldía del 21 de julio de 2017 que fijó la cantidad de 342.516,64 euros, como indemnización por “daños y perjuicios irrogados al ayuntamiento por el incumplimiento culpable del contrato de Adecuación de la Bóveda y exteriores del edificio Embarcadero”.
El TSJEx ha estimado el recurso de la UTE tras constatar que la determinación de los daños y perjuicios se realiza sobre la base de un informe técnico (denominado Propuesta de liquidación de las obras) que “tiene la finalidad de liquidar el contrato de obra, siendo el saldo negativo que resulta contra el contratista la cantidad que se fija como daños y perjuicios derivados del incumplimiento”.
En definitiva, “que en un mismo procedimiento se han decidido tanto la liquidación de la obra como la determinación de los daños y perjuicios”, y resalta “la necesidad de que el contratista sea citado para estar presente en el acto de comprobación y medición previo a la liquidación”, que a su vez determina el importe de los daños y perjuicios.
El TSJEx hace mención al planteamiento “excesivamente rigorista del Juzgador de Instancia” y también hace alusión a la “indefensión” de la UTE por el procedimiento.
Por eso, el fallo obliga a retrotraer las actuaciones al momento procesal administrativo de citación de la UTE para la medición conjunta de la obra.
El edificio (un centro puntero destinado a convertirse en motor de la innovación en Cáceres) se inauguró en 2011 y este proceso continúa todavía abierto. De hecho, la sentencia del TSJEx es recurrible al Tribunal Supremo (TS).
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