Una vez que ingresen en prisión los once hosteleros de La Madrila se someterán a una evaluación para determinar las medidas penales que se le aplican, en su caso segundo o tercer grado. Si se les aplica el segundo, pasarán un mínimo de seis meses en el centro antes de poder solicitar el régimen de semilibertad, lo que se conoce como Tercer Grado. El reglamento penitenciario establece que los internos solo pueden acogerse a esta medida una vez que hayan cumplido una cuarta parte de su condena y siempre que su pena no sea superior a cinco años. En este caso de los hosteleros cacereños, las penas para diez de los once condenados no superan los dos años y tres meses. Solo uno suma dos años y nueve meses. La normativa también establece que este régimen de semilibertad se les otorgará si la junta de tratamiento del centro estudia su expediente y lo estima --si no la defensa puede recurrir hasta que se lo otorguen--.

Si se les concede, tendrán la opción de integrarse en un Centro de Inserción Social o de Régimen Abierto o de tener un contrato de trabajo aunque se someterán al control de instituciones penitenciarias en cuestión de análisis y permisos. A la libertad condicional o cuarto grado podrán acogerse una vez que hayan superado las tres cuartas partes de la condena a cumplir. GEMA GUERRA