La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha señalado que la resolución del contrato que mantiene con Feafes Cáceres «le será notificada a la entidad en fechas próximas» y ha aclarado que la legislación vigente recoge el impago de nóminas a los trabajadores como una de las causas por las que la administración puede proceder a su extinción.

Feafes Cáceres ya recibió una advertencia previa al inicio del procedimiento de resolución del contrato con fecha 26 de febrero de 2021, tras romper la negociación de la cesión del contrato con la empresa de servicios sociales, educativos y sociosanitarios profesionales Grupo 5.

«Los servicios jurídicos de la consejería trabajan sobre la resolución del contrato, conforme a lo establecido en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público y en el propio pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen este contrato», ha manifestado a Efe el Gobierno regional.

En cuanto a las nóminas que se adeudan a la plantilla, que suman ya casi ocho meses de impagos, las mismas fuentes han aclarado que el abono «es responsabilidad de Feafes Cáceres, ya que la Junta de Extremadura y el Sepad han pagado todas las facturas correspondientes a la prestación del servicio público».

Un abono que en 2020 se cifró en más de 300.000 euros por la gestión del Centro Residencial de Rehabilitación (CRR) y del piso supervisado para usuarios con enfermedad mental.

«Según la Ley 9/2017 el impago de las nóminas de los trabajadores puede ser una de las causas por las que la administración proceda a la resolución de un contrato administrativo», han recalcado.

Feafes Cáceres «informó vía verbal a la Junta de que no se había llegado a ningún acuerdo de negociación para la cesión del contrato» y el Gobierno regional mantiene que «desconoce si la entidad está negociando de nuevo para la cesión del contrato».

Por último, la Junta de Extremadura ha precisado que la prestación del servicio del centro residencial y piso supervisado en Cáceres «se concibe como un servicio público, lo que implica que el personal que presta el mismo es subrogable».