Las terrazas podrán contar con un cerramiento que esté anclado al suelo y la autorización se concederá por periodos de cuatro años y no anualmente como hasta ahora. Estas son dos de las novedades que se incorporan al borrador de la ordenanza municipal. Otro de los cambios conlleva la creación de una comisión técnica que entre sus funciones tendrá la declaración de zonas saturadas de terrazas, decisión para la que se tomará en consideración el número de veladores autorizados, los horarios, la cantidad de quejas vecinales y las denuncias que formulen los agentes de la policía local. Este borrador aún se tiene que dictaminar en comisión, aprobarse por el pleno y exponerse al público. 

El borrador incluye en su articulado la posibilidad de contar con cerramientos que estén anclados, una opción que hasta ahora no se contemplaba y que cambiará el diseño que tienen las terrazas en la ciudad. En la exposición de motivos del borrador se especifica que este tipo de instalación se va a autorizar después de escuchar las demandas del sector y para abaratar los costes de instalación. Estos cerramientos anclados no serán permanentes para que se pueda reponer el dominio público (acerados) a su estado anterior a la colocación de los mismos una vez venza la autorización.

Hay un artículo del nuevo texto normativo que define qué características deben tener. Así la estructura se podrá cubrir con un toldo u otro material que no implique obra. Los cerramientos laterales tendrán que ser desmontables o plegables para que una vez finalizado el horario autorizado sea posible el tránsito de los peatones por el espacio ocupado. 

Otra de sus características es que la altura exterior máxima de la estructura será de tres metros y en el interior de 2,5 metros. Además el cerramiento tendrá que estar separado como mínimo dos metros de la línea de fachada. Si en una misma calle o bulevar se hubiese permitido dos o más terrazas con cerramiento anclado, la distancia entre ellas no podrá ser inferior a dos metros, un espacio que deberá estar permanentemente libre de obstáculos. Cuando en un mismo tramo de acerado se autorice más de un cerramiento anclado, su disposición a lo largo del mismo será homogéneo.

Comisión municipal

Otra innovación destacada del borrador es la creación de una comisión municipal técnica de terrazas, que tiene entre sus funciones la declaración de zonas saturadas. Este órgano tendrá que reunirse antes de que acabe el año, una vez que a la finalización del tercer trimestre se conozcan las autorizaciones concedidas. Con esta información podrá proponer la declaración de zonas saturadas en Cáceres y la incoación del procedimiento de revocación de una o de varias autorizaciones.

Además de la propuesta de zonas saturadas, entre las funciones de esta comisión está la resolución de expedientes en los que sea necesaria su participación y decidir cuando dos solicitudes optan al mismo espacio y sobre los corredores de seguridad y la reordenación de licencias que se hayan concedido previamente. Este órgano estará formado por concejales y técnicos con competencias en esta materia, como los de policía, actividades e infraestructuras.

Otra variación significativa que se introduce con la modificación de la ordenanza es que la autorización para la instalación de la terraza se concede por un periodo plurianual de cuatro años. Hasta ahora se tiene que renovar todos los años el permiso municipal. La licencia de uso común especial se dará por ese plazo de cuatro años si no hay modificaciones en las condiciones de la terraza y se ha acreditado el pago anual de la tasa. Este año se ha exonerado de su pago, pero el próximo se tendrá que abonar el tributo local.

Las solicitudes de licencia se tendrán que presentar completas y dentro de plazo entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de la anualidad anterior al montaje de la instalación en la vía pública.

En los horarios para su instalación no hay cambios. Con carácter general, en invierno se podrán montar a partir de las 8.00 hora y por la noche se tendrán que recoger antes de la 1,30. En verano es antes de las 2,00, aunque la noche de los viernes y los sábados y las vísperas de festivos se puede prolongar el horario de recogida media hora.

También se proponen en el borrador de la ordenanza cambios puntuales que permiten que las terrazas ocupen más espacio. Así la ocupación máxima de un velador (una mesa y cuatro sillas) puede ser de cinco metros cuadrados (actualmente es de 2,5), mientras que los separadores y las jardineras que delimiten una zona de terraza pueden tener una altura máxima de 1,40 metros (ahora son 1,80).

Ruido

En cuanto a las condiciones de las autorizaciones, en el borrador se hace la puntualización de que la licencia tendrá siempre un carácter precario y deberá ajustarse tanto a la normativa urbanística como a las normas sectoriales. Entre los criterios para su concesión se añade un nuevo apartado en el que se apunta que se tendrá en cuenta la protección de la seguridad ciudadana y de la tranquilidad pública. Y se especifica que las autorizaciones que se concedan tendrán en consideración la potencial contaminación acústica para autorizar su horario de funcionamiento y para determinar el número de veladores, de tal forma que solo podrán alcanzar el máximo de veinticinco y desarrollar su actividad en horario nocturno si se acredita que se utilizan mobiliario y medios auxiliares de bajo impacto acústico.

En el texto normativa se introduce como novedad que el ayuntamiento podrá delimitar corredores de seguridad sin ocupación para garantizar el acceso a viviendas y mejorar la seguridad de las instalaciones. En el caso de la colocación de terrazas en calzadas, la norma mantiene que quedará a criterio del ayuntamiento en las áreas de baja demanda de estacionamiento.

En la ordenanza se mantiene que el número de sillas o taburetes que se concedan no podrá exceder del doble del aforo del local, quedando no obstante el límite en 25 mesas. Además entre la puerta del local y la terraza no podrá haber una distancia superior a veinte metros, aunque en el caso de los bulevares se tomará esta distancia cruzando la calzada por un paso de peatones y descontando el ancho de la calzada a la altura del mismo paso.

El importe de las sanciones se incrementa

En el borrador de la ordenanza se incrementa considerablemente el importe de la sanciones, que para las infracciones que se consideren muy graves puede llegar hasta los 600.000 euros. En el texto en vigor el importe de la sanciones muy graves es de hasta 3.000 euros. Lo mismo pasa en el resto de sanciones, las graves se multarán con una cantidad de entre 1.000 y 30.000 euros (en la norma en vigor está entre los 751 y 1.500 euros), mientras que el importe de las leves estará entre los 300 y 1.000 euros (ahora es de 300 a 750 euros). En el borrador de la ordenanza se detalla de manera más exhaustiva el tipo de infracciones en comparación con el texto en vigor. Entre las graves figura el montaje o desmontaje de las terrazas fuera del horario fijado cuando el anticipo o retraso supere los 30 minutos.