La Comisión Jurídica de la Junta de Extremadura ha desestimado el recurso que interpuso Fitex Ilunion, hasta ahora concesionaria del ‘call center’ del Sepad, al nuevo contrato que adjudicaba el recurso a la empresa Factudata XXI, con sede en Málaga. Según recoge el informe al que ha tenido acceso este diario, el servicio jurídico del gobierno regional defiende que la oferta presentada por la empresa andaluza cumple los requisitos del pliego y «es la más ventajosa económicamente». 

De esta manera, el servicio que hasta ahora se prestaba en las instalaciones del campus cacereño se prestará desde la sede que tiene la nueva empresa en Andalucía. El debate se generó hace semanas, tal y como publicó este diario, después de que los trabajadores hasta ahora contratados para que presten este servicio, diez empleados con discapacidad instalados en Cáceres, denunciaran que por parte de la nueva empresa no hay intención de subrogarles y por tanto, perderán sus empleos. De hecho, hace semanas se concentraron en las puertas de Fitex para manifestar su rechazo a la nueva adjudicación y pedir a la Junta de Extremadura una solución a la situación, que a su parecer es «injusta» ya que, según consideran, un servicio que se ofrece en Extremadura debería prestarse desde la propia región. 

En relación a la continuidad de los trabajadores y la subrogación de la plantilla, entran en conflicto la interpretación de la ley por parte de ambas empresas. Factudata se acoge al convenio colectivo, cuyo artículo 18 solo recoge que debe existir un proceso de selección y Fitex Ilunion defiende que debe aplicarse el artículo 130.2 de la ley de contratos de servicios públicos, que sí estima que los trabajadores deben continuar sea cual sea la empresa. 

En cualquier caso, en el supuesto en el que la empresa finalmente sí se ponga en contacto con ellos para hacer efectiva su continuidad pero en Málaga, «el comité de empresa y los propios trabajadores ya han manifestado su negativa al traslado ante la inviabilidad por sus especiales circunstancias personales». 

Ante esta resolución de la comisión jurídica sí cabe recurso en tribunales pero Fitex ha descartado que vaya a hacerlo en declaraciones a este diario. Queda por tanto, precisar cual será la postura de los trabajadores cuyo contrato finaliza el 26 de diciembre. No será hasta esa fecha cuando una vez notificada la carta de despido por parte de Fitex, deberán reclamar a ambas entidades las indemnizaciones en el caso en el que no se produzca su continuidad.