El juzgado de instrucción número 3 concluye, en un auto del pasado 17 de enero, que no hubo presiones por parte del presidente de la diputación provincial, Carlos Carlos, a ayuntamientos de la provincia para que retirasen las cruces de los caídos de sus municipios. Esta es la principal conclusión del juzgado en la resolución en la que decide el archivo de la denuncia interpuesta por la Asociación Española de Abogados Cristianos contra el presidente de la institución provincial por un presunto delito de prevaricación.

En la denuncia de la asociación se ponía de manifiesto la presunta existencia de presiones vinculando la concesión de subvenciones a los ayuntamientos a la retirada de las cruces de los caídos de los municipios de la provincia.

El juzgado asegura en su auto que de la documentación remitida por la diputación no se aprecia «la existencia de actuación alguna por parte del investigado tendente a vincular la concesión de la subvención a la retirada de las cruces». La asociación justificaba en su denuncia que esa presión se ejercía en base al catálogo de vestigios franquistas elaborado por el comité de expertos de la memoria histórica de la diputación para obligar a retirar unas cruces que son símbolos cristianos, y esto pese a que la competencia, conforme a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, corresponde al municipio donde estén los vestigios. 

COMITÉ DE EXPERTOS / Pero el juzgado explica en su resolución que entre la documentación remitida por la diputación hay varios oficios dirigidos por el comité de expertos a los municipios «en los que se respeta la competencia que la respectiva corporación local tiene para elaborar el catálogo de vestigios franquistas -de su municipio- y para dar cumplimiento a la Ley de la Memoria Histórica». Y destaca que en estos oficios se incide «en el carácter meramente consultivo y de asesoramiento que tiene el comité».

El juzgado también especifica en su resolución que no consta que se hubiese impuesto sanción alguna, «en su modalidad de privación de las subvenciones», a los ayuntamientos que se hubiesen negado a informar de la existencia de estos vestigios en sus municipios o que se hubiesen negado a retirar los mismos conforme a lo estipulado en la Ley de Memoria Histórica.

 El juzgado termina destacando que conforme a las diligencias que se han practicado «no puede decirse que hubiera sido establecida la vinculación» entre la concesión de subvenciones y el cumplimiento de los fines de la Ley de la Memoria Histórica. La diputación provincial se hizo eco este martes de la resolución judicial. La asociación de Abogados Cristianos había interpuesto la citada denuncia en marzo de 2021.