Dos años y medio. Este fue el tiempo que transcurrió entre que el Ayuntamiento de Cáceres paralizó, en febrero de 2018, los sondeos de investigación que Tecnología Extremeña del Litio (TEL) realizó en Valdeflores y el inicio, en septiembre de 2020, por el consistorio de un expediente sancionador por no realizarse estos trabajos de investigación conforme a los permisos de obra dados por la entidad local. Ahora el juzgado de lo Contencioso Administrativo tendrá que decidir si el procedimiento sancionador ha caducado y si la infracción cometida ha prescrito. Este lunes se celebró la vista oral de este proceso judicial que enfrenta a TEL, la empresa que proyecta la mina de litio en Valdeflores, y el ayuntamiento. 

Las intervenciones de los abogados de cada parte versaron, además de sobre la tipificación del impacto causado sobre el terreno, sobre estas dos materia: la caducidad y la prescripción. Lo que está en juego es la multa de 26.500 euros que el consistorio impone a la empresa porque TEL ya intervino sobre la restauración del suelo debido a un procedimiento sancionador anterior que promovió la Junta, en el que la sanción fue de 2.500 euros, según recordó el letrado de la empresa minera.

Este es un procedimiento derivado del primer permiso de investigación que se concedió a la empresa. Es un litigio menor, es un asunto que colea de un permiso que ya está anulado. La causa importante sobre la que tendrá que resolver en unas semanas el mismo juzgado es sobre la vigencia o anulación de la resolución de la Junta que denegó a la empresa un segundo permiso de investigación, una autorización que ahora es clave para que la empresa, participada por Infinity Lithium y Sacyr, pueda explotar la mina, que desde el pasado año se pretende que sea subterránea.

La vista oral de este lunes coincide con el anuncio del Ayuntamiento de Cáceres de contratar a un despacho de abogados especializado en asuntos medioambientales para, además del procedimiento por las fotovoltaicas, todo lo que surja a causa del proyecto de la mina. Se solicitaron ofertas a tres despachos de abogados y la firma seleccionada es la de Bird&Bird. Uno de los abogados de la misma, el letrado Víctor Horcajuelo, ya defendió este lunes los intereses del ayuntamiento en la vista oral.   

Horcajuelo reiteró los mismos argumentos que en sus informes ya dieron los servicios jurídicos del ayuntamiento sobre la vigencia del procedimiento sancionador. Así apuntó que el plazo para que el ayuntamiento resolviese el procedimiento es de un año, conforme se establece en la ley del suelo de Extremadura de 2018, en vigor desde 2019, de tal forma que el expediente se inició en septiembre de 2020 y en julio de 2021 ya se había aprobado por el pleno de la corporación local la propuesta de sanción.

El abogado de la empresa minera mantuvo en su intervención que ese plazo es de seis meses, «tanto la Lesotex -la ley del suelo de Extremadura de 2001- como el procedimiento sancionador de Extremadura prevé que el plazo es de seis meses», indicó. Este letrado reiteró que los hechos acaecieron en enero de 2018, cuando se produjo la primera denuncia de los agentes de la policía local, y que en esa fecha la que estaba vigente era la ley del suelo del 2001.

Sobre la prescripción de la infracción, que vence en un plazo de tres años, Horcajuelo argumentó que el proceso sancionador que se inició en septiembre de 2020 «interrumpió la prescripción», por lo que la infracción cometida por la empresa en la apertura de los caminos no habría prescrito. El letrado de la otra parte comentó que un procedimiento sancionador «caducado no interrumpe el plazo de prescripción, con lo cual la infracción habría prescrito».

En cuanto a la cantidad de la sanción impuesta por el ayuntamiento, que es de 26.500 euros, el letrado de la empresa la calificó de «desproporcionada» frente a los 2.500 euros que impuso la Junta de Extremadura, mientras que por parte del letrado que representa al ayuntamiento se precisó que este importe está «en la mitad del tramo permitido para infracciones graves» en la ley del suelo.

Es el importe de la sanción la principal cuestión que se puede derivar de este procedimiento. Es lo que está en juego en un proceso judicial que es previo al más importante y enel que el mismo juzgado va a tener que decidir si la Junta denegó correctamente el permiso de investigación al que se vincula la explotación de la mina.