La Asociación Cacereña de Bares y Restaurantes (Acabares) ha reaccionado con sorpresa al anuncio que ha realizado la portavoz municipal, María José Pulido, acerca de que los empresarios hosteleros deberán pagar otro suplemento, además del canon anual, si quieren dejar apiladas las sillas y mesas de las terrazas en la vía pública.

"Estamos sorprendidos con esta propuesta y ya lo hemos puesto en conocimiento de nuestros abogados, que están abordando el tema de la nueva ordenanza antes de que entre en vigor de forma definitiva". Se trata de la nueva ordenanza reguladora de la instalación de terrazas en la vía pública, que prosigue su tramitación debido al gran número de alegaciones presentadas.

"Aquí en Cáceres la mayor parte de los hosteleros lo apila en la calle. Es algo institucionalizado, y en la nueva ordenanza no se especifica nada al respecto", aseveran desde Acabares a el Periódico Extremadura. Al respecto, el portavoz del Grupo Popular, Rafael Mateos, ha instado al alcalde, Luis Salaya, a "dar certeza al sector de la hostelería",

El colectivo puntualiza que "los permisos de terraza son excepcionales, si ya has pagado por un canon anual se entiende que esa tasa ya está abonada". Sin embargo, la portavoz municipal subraya que "son aspectos diferentes; uno es desplegar una terraza y otro es ocupar la calle fuera del horario comercial".

Asimismo, en la nueva ordenanza, según Pulido, "sí se va a especificar que habrá áreas que se pinten en la vía pública para poder apilar el mobiliario, pero solo las zonas en las que sea posible, evitando que suponga un problema de seguridad para los peatones y la accesibilidad".

Algo que desde Acabares aseguran entender como "lógico". Pero para utilizar esas áreas habrá que pedir un permiso expreso al ayuntamiento, "y tendrá que ser con unas condiciones muy específicas y unas tasas definidas. Si no se cumplen con todos esos requisitos no se podrá dejar el mobiliario de las terrazas en la calle". Tasas que todavía se desconocen y que desde Acabares esperan que “nos las trasladen más pronto que tarde para evitar sorpresas”.

“Está bien que se multe por apilar si se obstruye el tránsito peatonal, pero no por quedarlo recogido. Están presionando al sector hostelero porque ya en la nueva ordenanza las sanciones económicas se han disparado”. Precisamente, esta es una de las alegaciones que presentan desde el colectivo hostelero.

ACABARES ha contratado a un abogado y espera no tener que emprender acciones legales

Alegaciones

En las alegaciones presentadas, el sector considera que la nueva ordenanza incluye que podrían “perjudicar seriamente los derechos e intereses de los hosteleros de la ciudad”, por eso, la Junta Directiva de ACABARES acordó contratar a un abogado para conseguir que el Ayuntamiento de Cáceres modifique alguno de los conceptos y artículos. Y si esta vía no llega a buen puerto, “ACABARES habrá de plantearse el inicio de actuaciones judiciales buscando la nulidad de determinados artículos”.

A saber: se oponen a que se cree una Comisión Técnica Municipal de Terrazas “en la que se delegan competencias que, jurídicamente, no se le pueden otorgar”. A que pueda crearse la figura de “Zona Saturada de Terrazas” y al aumento de la cuantía de las sanciones, entre otras.

Las 6 alegaciones de los hosteleros:

1. Nos oponemos a la exclusión del listado de establecimientos de hostelería a los que resulta de aplicación la ordenanza, ya que no contempla los bares especiales, discotecas y salas de fiesta dentro del listado de establecimientos a los que les es de aplicación la ordenanza.

2. Nos oponemos a que se cree una Comisión Técnica Municipal de Terrazas en la que se delegan competencias que, jurídicamente, no se le pueden otorgar, dado la Comisión no puede tener ninguna competencia reglamentaria, y además, la regulación tanto de sus competencias, como de los criterios a los que ha de someterse para ejercerlas, son subjetivos y arbitrarios.

3. Nos oponemos a que pueda crearse la figura de “ZONA SATURADA DE TERRAZAS”, porque no es razonable entender, como ya dice alguna sentencia de Juzgado de lo Contencioso, que todos los locales de zona afectados por un exceso de ruido sean los que originen molestias. Habrá que actuar sobre el que incumpla, no a la globalidad de locales de la zona.

4. Nos oponemos a la regulación tanto de conductas que se elevan a la categoría de infracción (por estar regulada en muchos casos de forma totalmente subjetiva, y por tanto arbitraria) como, además, a la cuantía de las sanciones, que incumple tanto lo dispuesto en las normas que regulan las competencias municipales, como el principio de proporcionalidad.

5. Nos oponemos, por falta de motivación y por generar desigualdad, a que la terraza no pueda superar el doble del aforo interior del establecimiento. La desigualdad se genera claramente con las terrazas de kioscos de concesión administrativa, que no tienen ese límite.

6. Y nos oponemos, por último, a determinados preceptos de la ordenanza, como, por citar un ejemplo, la obligación de que los paravientos o separadores no excedan de una altura de 1,4 metros, cuando la altura de la anterior ordenanza (la vigente) la prevé superior, lo que obligará a los hosteleros a hacer desembolsos económicos sin aparente razón jurídica que lo sustente.