Cuatro años de prisión y 753.454 euros. Esta ha sido la pena a la que ha sentenciado la Audiencia Provincial de Cáceres a los dos acusados del robo de Atrio. En el dictamen, que vio la luz este lunes y al que tuvo acceso este diario, el tribunal considera culpables a Priscila Lara Guevara y Constantin Dumitru de un delito de robo en establecimiento público con los agravantes por el alto valor de las botellas.

De esta manera, el tribunal ha mantenido la tendencia de la fiscalía, cuya petición de pena era similar a la de la resolución, y ha calificado los delitos en su mitad superior. A Dumitru le condena al máximo, cuatro años y medio de cárcel, y a Priscila a cuatro. Deberán, por tanto, continuar en prisión y además, pagar la cantidad fijada a la empresa aseguradora Reale por el valor de los vinos robados. 

La sentencia se hizo pública tan solo dos días hábiles después de la celebración del juicio, siguiendo la dinámica de la agilidad insólita de la instrucción. La vista se alargó dos días y ha sido la más mediática que recuerda la ciudad en su historia. En todo momento, tanto empleados como policía cerraron el cerco sobre los dos acusados e incluso llegaron a reconocerlos. En la segunda jornada, la prueba de ADN en la habitación también resultó determinante puesto que coincidía con la de Priscila y Dumitru. La defensa, sin embargo, ha sostenido que la acusación a sus clientes se ha basado en indicios y pidió que fueran absueltos. 

La Audiencia Provincial otorga plena validez a los testimonios y pruebas presentadas durante el juicio. "Se ha valorado la declaración de siete testigos, propietario y empleados del hotel y nueve agentes de la policía nacional que practicaron las diligencias, así como la comparecencia de cinco peritos. Y la prueba documental incorporada a las actuaciones de imposible reproducción en la vista oral. El Tribunal no alberga la menor duda de la autoría". También hace hincapié en el escrito que los acusados se negaron a responder preguntas. "La ausencia de una explicación alternativa por parte del acusado, explicación "reclamada" por la prueba de cargo y que solamente éste se encuentra en condiciones de proporcionar, puede permitir obtener la conclusión, por un simple razonamiento de sentido común, de que no existe explicación alternativa alguna".

Otro de los puntos centrales para reforzar su dictamen se encuentra en el reconocimiento de los acusados, que considera "fiables" y "creíbles". Durante el juicio, al menos dos testigos reconocieron a Priscila y a Dumitru como autores. "El único empleado que trabajaba por la noche en el hotel, reconoció sin género de dudas en la vista oral a Priscila; ahora bien, quien sí hizo un reconocimiento contundente fue el inspector de policía que fue a recoger a los acusados al aeropuerto de Barajas tras su entrega por las autoridades croatas y manifestó "sin género de dudas" que eran las mismas personas que aparecían en el visionado de las cámaras.

Como concluyente señala también el tribunal la prueba de ADN, que "acredita que fueron los que pernoctaron esa noche en el hotel". "El resto de las pruebas a las que se está haciendo referencia los identifica como las personas que aparecen en las cámaras de grabación entrando y saliendo de la habitación y en el resto de las dependencias del hotel", expone.

Por último, recopila el resto de indicios, tales como que Priscila se identificó con un pasaporte falso, el registro telefónico que determina que estuvieron intercambiando llamadas en el momento de los hechos, los antecedentes de Dumitru en un robo anterior, los registros de las cámaras de tráfico que ubican a ambos a una determinada distancia tras los hechos.

Expone, por tanto, que "la prueba ADN acredita que los acusados estuvieron la noche del 26 al 27 de octubre en la habitación 107 del hotel. La prueba indiciaria acredita que fueron los autores. Para formar el Tribunal su convicción, puede valerse no sólo de pruebas directas, sino también de pruebas indirectas o indiciarias que, siempre que reúnan determinadas garantías en su concurrencia y motivación, pueden estimarse como de cargo para desvirtuar el principio de presunción de inocencia".

En relación a los delitos por los que se les ha condenado y al agravante por el valor de las botellas, la Audiencia Provincial sostiene que "por cosa de valor histórico, no deben incluirse solamente las incluidas en el patrimonio colectivo, sino todas aquellas cosas que tienen un valor histórico que se equiparan a aquellas, como fondos bibliográficos, volúmenes, libros, grabados y láminas y objetos de los siglos XV, XVII y XIX". También alude a que el importe de los vinos tras la tasación supera los 50.000 euros, el mínimo para que pueda ser considerado de alto valor.

Los hechos probados

El tribunal considera acreditado como hechos probados que «los acusados Constantin Dumitru y Priscila Lara Guevara, sin antecedentes, puestos de común acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito se alojaron en el hotel Atrio el día 26 de octubre de 2021, lugar que conocían por haber estado previamente planificando el hecho que luego se dirá los días 1 de junio, 13 de junio y 12 de agosto de 2021». En la sentencia, el tribunal recoge que Dumitru ha sido condenado en al menos cuatro ocasiones con anterioridad, tres por delitos de hurto y una por violencia doméstica. 

Añade que «la reserva fue realizada únicamente por la mujer utilizando un pasaporte suizo falso y portando únicamente una mochila que al ser cogida en un descuido por un empleado observó que no tenía peso alguno». Posteriormente, se presentó el varón para cenar y alojarse, sin registrarse, en el hotel. Tras cenar en el restaurante sito en el mismo, realizaron una visita guiada a la bodega. Sobre las 00.20 horas subieron a su habitación, la 107».

En este «plan urdido entre ambos acusados», sobre las 2.10 horas del siguiente día 27 de octubre, la acusada llamó a recepción, pidiendo una ensalada e interesándose repetidamente por el tiempo que tardaría en ser servida al único empleado que se encontraba en ese momento en el hotel, el recepcionista. «El trabajador de recepción, tras negarse a realizar la comanda, manifestándole que se encontraba solo y la cocina cerrada y extrañado por la solicitud, dado que habían cenado un menú degustación de 14 platos, ante la insistencia de Priscila accedió a la petición, indicando que tardaría por lo menos unos 20 minutos en servir lo solicitado». 

«Entonces, se dirigió a la cocina, momento aprovechado por el acusado, que se presentó en la recepción donde cogió una llave electrónica con la que acudió a la bodega, no teniendo éxito en su apertura por no tratarse de la llave adecuada. El empleado, tras subir la ensalada, regresó a recepción. Desde la puerta de la bodega hizo una llamada a Priscila para que volviera a entretener al recepcionista»

De esta forma, momentos después, la acusada reiteró la llamada a recepción, en esta ocasión, para solicitar un postre, a lo que nuevamente el empleado puso reparos, accediendo finalmente a llevarle algo de fruta. volvió a la recepción y de una caja cogió la llave maestra número 27, abriendo con ella la bodega, accediendo a la sala de catas donde se apoderó de botellas de vino valoradas en 1.648.500 euros, entre ellas el Chateau d’Yquem de 1806, que guardó en una mochila y dos bolsos de gran tamaño subiendo inmediatamente a la habitación antes del regreso del empleado a la recepción.

Tras el robo, «los acusados abandonaron precipitadamente el hotel sobre las 5.00 horas cargando el varón la mochila a la espalda y los dos bolsos con las botellas, en las que había introducido cuatro toallas del baño de la habitación del hotel para evitar que tintinearan entre ellas, subiéndose a un vehículo Mercedes de color rojo utilizado por el acusado al menos desde el 26 de abril de 2021 y controlado por las cámaras de tráfico a las 6:41 horas del 27 de octubre en el punto kilométrico 218,75 de la autovía A-5 sentido Madrid». 

La abogada de los condenados: "Es una sentencia desproporcionada"

Este mismo lunes la abogada de los acusados, Sylvia Córdoba, valoró la sentencia. En declaraciones a este diario, tildó la resolución de la Audiencia de «desproporcionada». «Es una barbaridad», añadió al tiempo que lamentó que no está justificado que se les condene a lo máximo que pedía la fiscalía. En relación a la rapidez con la que se ha pronunciado el tribunal, apenas cuatro días si se cuentan sábado y domingo, sostuvo que «parece que ya tuviera la sentencia escrita». En ese sentido, confirmó que recurrirá al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en los próximos diez días.

La principal incógnita: ¿Dónde están los vinos?

Lo cierto es que durante el juicio se han podido despejar algunos de los interrogantes que rodeaban al caso Atrio. No obstante, al margen de que los acusados hayan sido condenados, sigue sin resolverse la mayor incógnita: el paradero de las botellas.

Aunque este extremo era del interés de la acusación, ejercida ya por la aseguradora tras indemnizar a los dueños del hotel, a lo largo de la vista apenas se ha hecho mención con el objetivo de esclarecer su ubicación. Tampoco ayudó que los acusados se negaran a responder las preguntas de las partes. Su defensa en todo momento ha negado que conozcan dónde se encuentran puesto que ellos no son los ladrones.

Sobre este asunto solo se pronunció uno de los dueños de Atrio, Jose Polo, que mantuvo la hipótesis de que se trata de un robo por encargo. De hecho, se mostró partidario de negociar con los ladrones para que le devuelvan los vinos.