LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA: DATOS DEL PORTAL ESTADÍSTICO DE CRIMINALIDAD DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

La ‘Ley Mordaza’ no se toca: Cáceres suma 13 millones en multas en siete años

Esta norma, que finalmente no tendrá cambios, sigue una evolución al alza desde 2015 y se disparó en la pandemia. Drogas (1,3 millones de €), armas (195.057 €) y seguridad (398.113 €) retratan el último año de sanciones en Cáceres

La tenencia de droga en lugares públicos sigue tipificada como ‘grave’ al no prosperar la reforma.

La tenencia de droga en lugares públicos sigue tipificada como ‘grave’ al no prosperar la reforma. / EUROPA PRESS

Nació en 2015 con polémica y sólo con los votos del PP en el Congreso. De ella se dijo, y se dejó por escrito, que constituía una vuelta al Estado policial, que su objetivo era sancionar al disidente, que habilitaba a la policía para el ejercicio de poderes de represión y sanción, y que suponía una inversión del orden constitucional. Sin embargo, la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC), más conocida como ‘Ley Mordaza’, seguirá adelante tal cual. Tras una legislatura completa en la que se ha ido demorando ya no su derogación, sino las modificaciones de los aspectos más polémicos, el Gobierno dejará finalmente intacta esta normativa. Las negativas de Bildu y ERC a apoyar los cambios por no salir adelante sus pretensiones, mantendrán el texto con todos sus contenidos.

mordaza 2023

mordaza 2023

Sólo en Cáceres, la ‘Ley Mordaza’ ha supuesto 12,9 millones de euros en multas desde su entrada en vigor en 2015 hasta 2021, último año computado al completo y publicado a finales de 2022. Ese montante corresponde a un total de 22.130 sanciones durante siete años, relacionadas con las tres tipologías que abarca la norma: drogas, armas/explosivos, y seguridad ciudadana. Ello equivale a 586 euros de media por multa en la provincia cacereña. Y es que las denuncias de la ‘Ley Mordaza’ oscilan entre 100 y 600.000 euros.

¿Por qué genera polémica?

Para analizar las sanciones al detalle, hay que entender por qué se establecieron. Esta ley ‘liberó’ a los sobrecargados juzgados de ciertos hechos que ahora son castigados directamente por los agentes de seguridad, y para ello introdujo la revisión más profunda de la justicia penal española desde 1995. Así, pasó a considerar «infracciones administrativas» algunos comportamientos que antes eran punibles en el ámbito penal y solo se podían sancionar en los juzgados. No son sucesos especialmente graves (si lo fueran, los sigue evaluando un juez), sino menos trascendentes relacionados con drogas, armas o comportamientos ante la autoridad pública. Las quejas vienen porque algunos sectores estiman que un policía nunca debe suplantar a un juez. En todo caso, si el denunciado no está conforme, siempre puede recurrir a los tribunales.

Pues bien. En Cáceres estas sanciones han tenido una tendencia al alza: 654.539 euros en multas en 2015; 1,4 millones de euros en 2016; 1,6 millones en 2017; 1,8 millones en 2018; una bajada a 1,7 millones en 2019 y la mayor subida hasta 3,7 millones en 2020, debido a las multas interpuestas durante los peores momentos de la pandemia a quienes se saltaban el confinamiento y los toques de queda, todas ellas al amparo de la ‘Ley Mordaza’. De hecho, en 2021, al relajarse buena parte de las restricciones, las multas han bajado de nuevo en la geografía cacereña a 1,9 millones, pero han marcado la segunda mayor cifra anual.

Drogas: en cabeza

De las tres tipologías, la que más sanciones viene deparando en Cáceres son los hechos relacionados con drogas. En el último ejercicio analizado (2021) supusieron 1,3 millones de euros distribuidos en 2.067 multas (656 euros de media). La gran mayoría (un 99%) fueron impuestas por la violación del artículo 36.16 de la ‘Ley Mordaza’, que penaliza «el consumo o la tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estén destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos o efectos empleados para ello en los citados lugares». Es decir, no se puede consumir ni llevar droga en lugares públicos, ni siquiera para consumo propio. La reforma de la ley, que al final no ha salido adelante, pretendía rebajar esta infracción de grave a leve.

Existen otras 15 sanciones relacionadas con los estupefacientes por contravenir el artículo 36.18, que prohíbe la plantación y cultivos ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público.

ESTOS SON LOS ESTUPEFACIENTES MÁS CONSUMIDOS

El Portal Estadístico de Criminalidad recoge la evolución de las incautaciones en el último año analizado (2021), que supone todo un retrato de las tendencias de consumo en este país:

  • COCAÍNA: Se ha producido un ascenso del 33% respecto al ejercicio anterior, situándose en la cifra más alta de los últimos cinco años.
  • HACHÍS: Se ha registrado un fuerte incremento del 42,68%, hasta alcanzar el mayor número de aprehensiones de la última década. Andalucía se mantiene en cabeza, con un 72,6% del total.
  • MARIHUANA: Continúa la tendencia al alza iniciada en 2015, hasta tal punto que se ha contabilizado un gran incremento del 99% en un año. «Ello hace indicar que España se consolida como productor de marihuana», recoge el Ministerio del Interior. Las aprehensiones más importantes en modalidad ‘outdoor’ se han llevado a cabo en fincas y explotaciones agropecuarias, y en la modalidad ‘indoor’ (la mitad que las anteriores) se han practicado en naves industriales y viviendas.
  • HEROÍNA: La cantidad incautada asciende por primera vez tras cuatro años de descensos consecutivos (un incremento del 33%).
  • ANFTAMINA: Baja en los dos formatos, en polvo (speed) y en pastillas, debido a las acciones policiales.
  • MDMA-ÉXTASIS: Descenso pronunciado en un año (un 59% menos), si bien se duplica con respecto a los ejercicios anteriores.

Resistencia a la autoridad

Tras las drogas, los hechos relacionados con la seguridad ciudadana ocuparon el segundo lugar en Cáceres, con 1.049 multas que supusieron 398.113 euros (379 euros de media). La mayor cuantía (438 denuncias, 273.402 euros) fue por saltarse el artículo 36.6, que castiga la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, así como la negativa a identificarse debidamente o la presentación de datos falsos o inexactos.

También destacaron las 494 denuncias (71.000 euros) por el artículo 37.04, que prohíbe las faltas de respeto y consideración a los agentes de la autoridad; y las 40 infracciones (25.000 euros) por desacato al artículo 36.03, que no permite causar desórdenes en las calles, espacios o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos, cuando se ocasione una alteración grave de la seguridad ciudadana.

Ocupaciones

En este segundo apartado se produjo otro reguero de multas por distintas causas, por ejemplo, 11 denuncias (6.859 euros) por obstruir o impedir a la autoridad o a un empleado público el ejercicio de sus funciones. Hubo otras 7 por la ocupación de inmuebles contra la voluntad de su propietario (artículo 37.07), si bien la cuantía se quedó en 600 euros; y 7 multas más por daños en bienes muebles o inmuebles de uso público o privado (artículo 37.13), que superaron los 1.300 euros.

 Asimismo, en Cáceres se interpusieron 3 denuncias (700 euros) por la realización de actos contra la libertad e indemnidad sexual, y se registraron 10 sanciones (6.109 euros) por no haber comunicado previamente ciertas actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana (artículo 36.20). Dentro de la ‘Ley Mordaza’ hubo otras 6 sanciones que alcanzaron los 3.606 euros por incumplir el artículo 36.01, que no permite la perturbación de espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otros encuentros con numerosas personas.

Como curiosidad, se interpusieron 7 multas más (1.500 euros) por dejar sueltos a animales feroces o dañinos, o abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida; y 6 denuncias (3.606 euros) por no colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones de riesgo. Se contabilizaron además 2 sanciones (1.251 euros) por obstaculizar el funcionamiento de los servicios de emergencia, provocando un riesgo para la vida de otras personas o de daños en los bienes.

Negligencias con armas

Los hechos relacionados con armas y explosivos ocupan el tercer lugar en el último balance anual de la ‘Ley Mordaza’ en Cáceres. Las multas han oscilado desde 2015, marcando en 2021 la segunda mayor cuantía, con 195.057 euros en 298 sanciones (una media de 654 euros por infractor). ¿Qué penaliza la ‘Ley Mordaza’ en este caso? Sobre todo el hecho de portar, exhibir o usar armas prohibidas, o hacerlo de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia. Basta decir que por tales acciones, incluidas todas en el artículo 36.10, se han interpuesto el 85% de las denuncias.

También ha habido 40 sanciones (26.767 euros) por la fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, transporte o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos, incumpliendo la normativa de aplicación, careciendo de la documentación o autorización requeridas, o excediendo los límites autorizados, según recoge el artículo 36.12 de esta normativa. 

Así eran los cambios que no cuajaron

La ‘Ley Mordaza’ fue desde el principio blanco de los partidos de izquierdas y nacionalistas, descontentos sobre todo con la mayor autoridad que la norma confiere a los agentes de policía en determinados sucesos relacionados con drogas, armas y explosivos, y en asuntos de seguridad ciudadana (sobre todo en las protestas callejeras). El PSOE llegó a presentar un recurso de inconstitucionalidad.

Muy pronto, en 2017, el Congreso aprobó la proposición de ley del PNV para reformarla, pero estuvo paralizada nada menos que cuatro años, sin avances, pese a las ampollas que seguía levantando entre ciertos sectores. Es más, durante la pandemia se convirtió en una de las principales herramientas para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pudieran hacer valer las prohibiciones del confinamiento y lo toques de queda, mediante las sanciones correspondientes. De hecho, en 2020 se alcanzaron los máximos de multas y de cuantías, aunque muchas quedaron invalidadas.

No fue hasta el 10 de noviembre de 2021, cuando PSOE y Podemos presentaron más de cuarenta enmiendas coincidiendo justo con la finalización del plazo para ello, que había sido prorrogado una y otra vez. Esas enmiendas proponían cambios que no acabarían con la ‘Ley Mordaza’, pero sí atenuaban algunas de sus normas que provocaban especial rechazo en estos partidos y en una parte de la sociedad.

Por ejemplo, planteaban retirar las sanciones para las manifestaciones no comunicadas previamente que se desarrollaran de forma pacífica, y dejar de considerar infracción grave el hecho de manifestarse ante el Congreso de los Diputados. También proponían eliminar las multas por tomar y difundir imágenes de agentes cuando no afectaran al derecho a la intimidad o la seguridad de los policías o sus familias. Asimismo, las grabaciones de las intervenciones policiales con videovigilancia móvil deberían hacerse costar en cada atestado de actuaciones en la vía pública.

PSOE y Podemos también pretendían que el atestado policial perdiera la presunción de veracidad si los hechos recogidos no eran «razonables», y reducir el tiempo de identificación en comisaría de seis a dos horas máximo, salvo causa excepcional (luego habría que devolver a la persona al lugar de la detención). En la misma línea, el agente debía dejar por escrito su motivación al realizar registros corporales y procesos de identificación en la vía pública, procurando un lugar reservado para evitar un desnudo excesivo. 

En cuanto a la tenencia de drogas para consumo propio en lugares o locales públicos, pasaría de infracción grave a leve. También se contemplaban rebajas en las multas a la mitad para personas que cobraran menos de 1,5 veces el SMI.

El Gobierno proponía incluso estudiar la prohibición del uso de pelotas de goma por los antidisturbios. Al no llevarlo adelante, se ha topado con el rechazo en bloque de Bildu, que unido al de ERC por la no derogación de las devoluciones en caliente, ha acabado por tumbar toda la reforma.

[object Object]

La Ley Orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana, o ‘Ley Mordaza’, resuelve con multas impuestas por los agentes de la autoridad ciertos hechos que han pasado a considerarse «infracciones administrativas». Ya no hace falta concurrir ante el juez. Pero los sucesos que tienen una gravedad significativa, los que exceden los límites de la ‘Ley Mordaza’, sí continúan llegando a los tribunales puesto que siguen siendo delitos.

Ocurre así en el caso de las drogas. Si durante 2021 (último año con datos al completo dentro del Portal de Criminalidad del Ministerio del Interior) se interpusieron 2.607 multas por valor de 1,3 millones de euros en Cáceres debido a infracciones menores contempladas en la ‘Ley Mordaza’, ese mismo año las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado registraron 118 delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes, abocados a seguir la vía judicial por su gravedad. Se trata de la segunda mayor cifra de la última década, solo por debajo de 2014 (122).

Asimismo, a lo largo de 2021 hubo 228 detenidos e investigados en la geografía cacereña por este tipo de infracciones penales, de ellos 188 hombre y 40 mujeres. La principal franja de edad se concentra entre los 18 y los 40 años, si bien hubo incluso 8 detenidos menores (de 14 a 17 años).

Suscríbete para seguir leyendo