Sucesos
Un camionero bebido sufre un accidente con una carga de 22.000 kilos de tomates en Tiétar
El chófer, investigado por la Guardia Civil, superaba en más de seis veces la tasa máxima de alcohol permitida para conductores profesionales
El siniestro ocurrió el 5 de agosto en la carretera general 8, en el término municipal de Tiétar

Imagen del siniestro con la carga de tomates esparcida en la calzada / G. C.
L. A.
La Guardia Civil de Tráfico de Cáceres ha investigado a un camionero de 41 años que sufrió un accidente mientras conducía bajo los efectos del alcohol. El chófer iba al volante de un vehículo articulado que transportaba una carga de 22.000 kilos de tomates, cuando se salió de la vía. Superaba en más de seis veces la tasa máxima de alcohol permitida para conductores profesionales.
El siniestro tuvo lugar el pasado 5 de agosto sobre las 15.15 en la carretera general 8, en el término cacereño de Tiétar.
Tras recibir el aviso y desplazarse al lugar del accidente, los agentes de Tráfico garantizaron la seguridad vial tras comprobar que el camión llevaba una carga de tomates que quedó esparcida en la calzada.
El accidente se originó como consecuencia de una salida de vía con posterior vuelco del camión en un tramo con buena visibilidad. Los agentes observaron que el conductor presentaba síntomas compatibles y evidentes con la ingesta de alcohol.
Tras practicarle las pruebas de alcoholemia y drogas, el varón arrojó un resultado positivo a ambas, superando en más de seis veces la tasa máxima de alcohol permitida (de 0,15mg/l) para conductores profesionales.
El camionero está investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor con tasas de alcohol superiores a las permitidas legalmente. Las diligencias instruidas han sido remitidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Navalmoral de la Mata.
Penas previstas en el Código Penal
El delito de conducción de un vehículo a motor con tasas superiores a las legalmente establecidas, se encuentra expresamente regulado en el artículo 379.2 del Código Penal, previéndose para el mismo penas de prisión de tres a seis meses o multa de 6 a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a uno y hasta 4 cuatro años.
La Guardia Civil recuerda que el consumo de alcohol y otras sustancias estupefacientes es incompatible con la conducción, ya que altera las capacidades psicofísicas de los conductores, disminuye la atención, la percepción, la coordinación y los reflejos, aumenta el tiempo de reacción y provoca una falsa sensación de seguridad y control.
"Estas conductas irresponsables suponen un grave riesgo para la propia vida y la de los demás usuarios de la vía, por lo que la Guardia Civil va a seguir intensificando los controles preventivos para detectar y sancionar a los conductores que circulan bajo los efectos del alcohol o las drogas", subraya el Cuerpo de Seguridad.
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