Asuntos sociales

El pueblo de Cáceres que pagará 1.500 euros de cheque bebé

El ayuntamiento aprueba una ayuda para fomentar la natalidad para quien permanezca empadronado durante cinco años

Imagen aérea del municipio de Cabañas del Castillo y sus sierras cuarcíticas.

Imagen aérea del municipio de Cabañas del Castillo y sus sierras cuarcíticas. / CEDIDA

Ángel García Collado

Ángel García Collado

Cáceres

Cabañas del Castillo, un municipio de Cáceres con tres pedanías que suma en total unos 400 habitantes, lanza un ambicioso cheque bebé de hasta 1.500 euros por cada niño que nazca en cualquiera de los tres pueblos: Retamosa, Roturas y Solana. Además, en caso de partos múltiples, tendrán derecho a obtener un 100% adicional por cada hijo. También incluye casos de adopción, que únicamente se podrá hacer si son menores de tres años.

Para el ejercicio del año 2025, han destinado 4.500 euros en total, por lo que se prevé que en las cuatro localidades nazcan apenas tres niños. 

Los beneficiarios

Tienen derecho a ser beneficiarios de esta ayuda los padres o adoptantes que consten como titulares del libro de familia en el que figure correctamente el niño inscrito. En los supuestos de nulidad, separación o divorcio, el dinero será para quien tenga la custodia. Deberán residir de manera efectiva y estar empadronados, al menos uno de ellos, en el Ayuntamiento de Cabañas del Castillo con seis meses de antelación al hecho causal. El niño también debe estar empadronado y residir de manera efectiva en el domicilio. 

También deben continuar residiendo en el municipio durante al menos cinco años y que, en todo caso, el recién nacido haya sido empadronado en la misma localidad y domicilio de los padres. 

Solicitudes

Las solicitudes para obtener esta ayuda deberán presentarse e ir acompañadas de la documentación requerida, que es una fotocopia compulsada del DNI de los beneficiarios, así como del libro de familia actualizado. También deberán aportar una copia de la resolución judicial en los casos de adopción, un convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, certificados de Hacienda y Seguridad Social de estar al corriente de pago de tributos, una declaración jurada de que la unidad familiar prevé quedarse en la localidad y el número de cuenta corriente. La administración municipal comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos. 

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