Sucesos
La Guardia Civil de Cáceres investiga a una conductora por circular en sentido contrario y bajo la influencia de drogas
Fue interceptada cuando circulaba por la autovía A-5, proveniente de la autovía EX-A2, después de ir por el otro sentido durante más de 40 kilómetros

Un guardia civil. / Cedida por la Guardia Civil de Cáceres

Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Plasencia interceptaron el pasado 10 de agosto a un turismo que circulaba en sentido contrario por la autovía A-5 (Autovía del Suroeste), a la altura de la localidad de Santa Cruz de la Sierra, procedente de la autovía autonómica EX-A2, por donde también lo hizo en sentido contrario. Su conductora dio positivo a las pruebas de detección de drogas que le fueron realizadas.
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del pasado 10 de agosto, cuando la Central 062 de la Comandancia de Cáceres recibió aviso acerca de varias llamadas de usuarios que alertaron al 112 sobre la presencia de un turismo que circulaba en sentido contrario por la autovía autonómica EX-A2 (de Miajadas a Vegas Altas), desde la que accedió a la autovía A-5, a la altura de Miajadas, conduciendo dirección Madrid, por los carriles destinados para la circulación con sentido Badajoz.
Los agentes de Tráfico localizaron al vehículo, un turismo que tras realizarle señales para que se detuviera, fue interceptado en el km 268 de la autovía A-5 (a la altura de Santa Cruz de la Sierra) y trasladado fuera de ella para evitar mayor peligro.
Tiene 44 años
El mismo iba conducido por una mujer, de 44 años, a la que le fueron realizadas las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas, arrojando resultado negativo en alcohol y positivo en drogas.
Por parte del Equipo de Investigación de Seguridad Vial de Plasencia se instruyeron las correspondientes diligencias que han sidopuestas a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia, de Trujillo.
A la conductora se le han imputado dos delitos contra la seguridad vial, el primero por la comisión de un presunto delito de conducción temeraria recogido en el art. 380 del Código Penal, enfrentándose a una pena de prisión de seis meses a dos años y la privación de conducir un vehículo a motor de 1 a 6 años, y otro por conducir bajo la influencia de drogas, recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, el cual puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
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