El Tribunal Supremo ratifica la condena a un total de 23 años de cárcel a tres hombres por abuso sexual a una menor en 2021, en Jaraíz de la Vera
La Audiencia Provincial les condenó por una agresión sexual a una joven, que entonces era menor, en un bar del pueblo
La sentencia ya es firme

Entrada de dos vehículos de la Guardia Civil con detenidos a los juzgados, el 7 de mayo de 2021. / Toni Gudiel

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Cáceres (fechada el 14 de noviembre de 2024) a penas de un total de 23 años de cárcel a tres hombres acusados de una agresión sexual a una joven en 2021 (que entonces era menor de edad: tenía 16 años), en el municipio de Jaraíz de la Vera.
Varios recursos
A su vez, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), previamente, había confirmado el fallo el pasado 3 de febrero. Ahora el TS dicta «no haber lugar a la admisión de los recursos de casación formalizados por los recurrentes contra la sentencia», por lo que ya es firme. Y las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Según el auto del TS, recogido por el Periódico Extremadura, las cuestiones planteadas por el recurrente «carecen de relevancia casacional, en la medida en que no alega ni plantea argumentos distintos de los ya esgrimidos con anterioridad».
Abusos
El fallo de la Audiencia Provincial recoge una pena de 7 años de prisión a uno de ellos, como responsable de un delito de abusos sexuales con acceso carnal. Además de la prohibición de aproximarse a la víctima, «a su domicilio, lugar de trabajo o estudio o cualquiera por ella frecuentado o en el que se pueda encontrar, a distancia no inferior a los 300 metros»; así como a la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio («oral, escrito, telemático o a través de terceros»); ambas prohibiciones con una duración de 14 años (y «por un tiempo superior en siete años a la pena privativa de libertad»).
También se le impone la pena de inhabilitación especial para el «ejercicio de profesión, empleo u oficio, sea o no retribuido, con contacto directo y regular con menores de edad durante 14 años».
A los otros dos condenados se les impone una pena de prisión de 8 años a cada uno por «un delito de abuso sexual agravado con acceso carnal». Asimismo, a la prohibición de comunicación por cualquier medio escrito, oral, telemático o a través de terceros y la prohibición de acercamiento o aproximación a la víctima, en los mismos términos que el anterior condenado, a una distancia no inferior a los 300 metros. Y ambas prohibiciones, con una duración de 15 años (por un tiempo superior en siete años a la pena privativa de libertad).
Indemnización
Asimismo, se impone a cada uno de los procesados la medida de libertad vigilada por tiempo de 10 años «a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta y con el contenido que en dicho momento se determine».
Además, en concepto de responsabilidad civil, los procesados deberán indemnizar «conjunta y solidariamente a la perjudicada» en la cantidad de 90.000 euros por los «daños morales sufridos».
Los hechos se remontan a mayo de 2021, cuando la Guardia Civil detuvo a tres personas por una supuesta violación a una menor de edad en un local de ocio de Jaraíz de la Vera, según confirmaba entonces a este periódico la Delegación del Gobierno en Extremadura. Las agresiones sexuales sucedieron en los servicios de un bar del pueblo, donde la chica se encontraba en ese momento.
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