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Tribunales

El Supremo condena al director de una residencia de mayores de Cáceres por intrusismo y revelación de secretos

El alto tribunal confirma la sentencia de primera instancia por ejercer como enfermero sin tener la titulación y consultar sin permiso datos personales de una compañera

Fachada del Tribunal Supremo.

Fachada del Tribunal Supremo. / Alberto Ortega - Europa Press

Gema Guerra Benito

Gema Guerra Benito

Cáceres

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena a un funcionario que ejercía de director gerente de una residencia de mayores en un pueblo de Cáceres que fue condenado en primera instancia por revelación de secretos e intrusismo. La Audiencia Provincial de Cáceres le condenó por los dos delitos y tras recurrir la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura revocó la condena por el delito de revelación de secretos, una circunstancia por la que la denunciante, una compañera suya, alegó en recurso de amparo.

Por su parte, la Sala de lo Penal del alto tribunal ha reconoce la primera sentencia y ratifica los dos años de prisión y las multas por los dos delitos, una de 18 meses con una cuota diaria de 6 euros y una de 6 meses con cuota diaria de 6 euros. También declara de oficio las costas procesales. Esta resolución es firme, por lo que ya no se puede interponer recurso alguno.

De esta forma, el proceso judicial abierto se cierra este octubre tras cuatro años de litigio. En concreto, según recoge la resolución del Supremo al que este diario ha tenido acceso, los magistrados consideran acreditado que aunque no conste que los datos personales fueran especialmente sensibles, “el acceso indiscriminado a todo el contenido de un ordenador personal, que puede contener información personal amplia y variada, integra el perjuicio que contempla el delito de revelación de secretos”.

El dictamen recoge un relato de los hechos. En concreto, la denunciante trabajó como diplomada de Enfermería desde 2012 hasta 2018 en la residencia de mayores de Valencia de Alcántara, un centro de titularidad municipal gestionada por el ayuntamiento. En fecha no determinada, se instalaron dos ordenadores y ella empezó a usar uno de ellos con una clave personal tanto para sus modelos de plantillas de los usuarios como ordenador personal. En esas circunstancias, recopila el escrito, el acusado -ya condenado- auxiliar de enfermería y empleado público que ejercía funciones de director y gerente de la residencia “con la finalidad de descubrir información privada, accedió al contenido privado valiéndose de la contraseña que, previamente había obtenido en junio con la ayuda de un pendrive que introdujo en el equipo informático”.

"Cargaba pastilleros y administraba insulina"

Del mismo modo, con respecto al segundo de los delitos, intrusismo, una cuestión que no entra a valorar el tribunal porque se discute solo sobre el primero, recoge en primera instancia la sentencia que “cuando la enfermera libraba y su sustitución correspondía a la enfermera y entonces novia del acusado, él se trasladaba desde su propio domicilio y asumía las funciones de enfermero no estando capacitado para ello porque no tenía el título de técnico diplomado”. En concreto, “llevó a cabo funciones como cargar pastilleros o administrar insulina y heparina “.

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