Normativa
Tijeretazo a las cañas navideñas en Cáceres: dos horas menos, a petición de los propios hosteleros
El Ayuntamiento de Cáceres reduce el horario de las cañas navideñas a petición de los hosteleros, que buscan conciliar en las festividades, estableciendo el horario de 13:00 a 20:00 horas

Cañas navideñas en la zona centro, el año pasado. / CARLOS GIL

El Ayuntamiento de Cáceres ha anunciado este viernes que las populares cañas navideñas sufrirán un recorte horario este año. Y se trata de una reducción horaria a petición de los propios hosteleros. Se pasará de un horario de 13:00 horas a 20:00 horas, en lugar de hasta las 22:00 horas del año pasado. El objetivo: que los trabajadores de la hostelería puedan conciliar en unas fechas tan señaladas.

Fotogalería | Búscate en las cañas de Nochebuena de Cáceres / Carlos Gil
Normativa
Así, la Junta local de Gobierno ha aprobado las condiciones especiales para la celebración de las 'Cañas de Navidad 2025', por el sector de hosteleros de la Ciudad de Cáceres, los días 24 y 31 de diciembre de 2025.
La celebración de las 'Cañas de Navidad' se autoriza solo a las vías peatonales o semi-peatonales que por sus características lo permitan. En dichas calles cada establecimiento solo podrá utilizar su correspondiente espacio de terraza y respetando las distancias establecidas en su resolución de concesión con respecto a la acera.
La petición de barra o mostrador en el exterior, solo se concede para apoyar bebidas o comidas, no autorizándose la instalación de neveras o cañeros ni planchas ni otros elementos utilizados para cocinado y fuego.
Los titulares de los establecimientos deberán elegir entre mostrador o terraza
Barra o terraza
Asimismo, los titulares de los establecimientos deberán elegir entre mostrador o terraza, no permitiéndose terraza y barra a la vez y cumpliendo con las medidas de seguridad y accesibilidad. Además, han de tener en cuenta que la instalación de las barras, mostradores o expositores, no podrán anclarse al suelo mediante sistemas que supongan intervención sobre el pavimento, "debiendo tomar las medidas y las condiciones de seguridad necesarias para que no suponga ningún peligro para los ciudadanos".
La música ambiente y según zonas, se aconseja que se realice a través de un único hilo musical. Asimismo, la ambientación musical de los establecimientos estará sujeta a la normativa autonómica y local en materia de ruidos.
No se autoriza la utilización de pantallas de televisión en las terrazas o zonas de celebración. Los conciertos de pequeño formato en zonas de terrazas, así como de charangas o Djs, no podrán utilizar amplificadores de sonido. Con respecto a las charangas, estas tendrán que ser itinerantes y no permanecer fijas en un mismo lugar para evitar posibles molestias por ruidos.
Se prohíbe, "por razones obvias de seguridad", sacar a la vía pública cualquier servicio de bar en formato de cristal, debiéndose utilizar preferiblemente envases reciclables o reutilizables.
La decoración de las terrazas que celebren las 'Cañas de Navidad' no podrá constituir un obstáculo para la libre circulación peatonal o rodada, cumpliendo con la Ordenanza reguladora de Accesibilidad Universal.
Cumplimiento estricto de las normas de seguridad, aforo, convivencia ciudadana y atención a menores, recogidas en la Ley de Medidas de Prevención del Consumo de Bebidas Alcohólicas en la Infancia y la Adolescencia.
Todos los espacios utilizados deberán quedar limpios y despejados de cualquier elemento o residuo usado o generado por la actividad. Deberán contar con las correspondientes autorizaciones emitidas por los órganos competentes. Los distintos establecimientos se harán responsables del uso adecuado de la vía, de las instalaciones y de cualquier daño que pueda sufrir un tercero como consecuencia de la actividad a desarrollar.
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