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Participación vecinal

El Ayuntamiento de Cáceres fija una línea de 75.000 euros en ayudas para asociaciones vecinales en 2026

El plan estratégico municipal recoge que las subvenciones se han destinado a financiar actividades, gastos de funcionamiento y eventos mediante concurrencia competitiva

Mateos con responsables de la gestora vecinal (izquierda).

Mateos con responsables de la gestora vecinal (izquierda). / Carlos Gil

Ángel García Collado

Ángel García Collado

Cáceres

El Ayuntamiento de Cáceres ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el plan estratégico y las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones dirigidas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de vecinos de la ciudad para el ejercicio 2026, tras su aprobación por resolución de Alcaldía de 14 de enero.

Según el documento, la línea de ayudas ha previsto un coste de 75.000 euros, con financiación mediante fondos propios, y se ha vinculado a la aplicación presupuestaria.

Objetivos

El plan ha incluido como objetivos subvencionables, entre otros, el impulso del movimiento asociativo y la participación vecinal, así como los gastos de funcionamiento de las entidades. También se ha contemplado apoyar el mantenimiento ordinario de las sedes sociales y los gastos asociados a eventos organizados por las asociaciones, "en particular" las tradicionales fiestas de barriadas en periodo estival, las actividades festivas en periodo navideño y otros actos de naturaleza similar.

Además, se ha recogido la posibilidad de financiar proyectos estables de fomento de la participación mediante actividades formativas (cursos y talleres para adultos de más de un mes, recursos educativos de ocio y tiempo libre para menores, proyectos culturales estables u otras iniciativas de similar naturaleza), incluyendo gastos de personal y recursos materiales vinculados a esas acciones.

Convocatoria

La convocatoria se ha enmarcado en un plan estratégico de subvenciones con vigencia para 2026 y con principios de publicidad y transparencia, libre concurrencia, objetividad, eficacia y eficiencia, además de la sujeción a la estabilidad presupuestaria y a la regla de gasto.

El texto ha señalado que, con carácter general, las subvenciones se han concedido en régimen de concurrencia competitiva, aunque también se han previsto supuestos de concesión directa en casos tasados (por ejemplo, subvenciones nominativas o aquellas impuestas por norma legal).

El documento también ha precisado que la aprobación del plan "no ha generado derecho alguno" a favor de los potenciales beneficiarios y que su aplicación ha quedado condicionada a la disponibilidad presupuestaria y a la aprobación de las bases de cada convocatoria.

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