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Tribunales

La Policía Nacional destapa un caso de difusión de pornografía infantil en la red y la Fiscalía de Cáceres solicita ocho años de prisión al único acusado

El juicio será este jueves en la Audiencia Provincial de Cáceres y se le juzgará por producción, distribución y tenencia de material pornográfico

La investigación la realizó la Policía Nacional.

La investigación la realizó la Policía Nacional. / EP

Eduardo Villanueva

Eduardo Villanueva

Cáceres

La Fiscalía Provincial de Cáceres ha formulado escrito de acusación solicitando una pena de ocho años de prisión para un hombre, mayor de edad y sin antecedentes penales, por un presunto delito de difusión de material pornográfico infantil, tras una investigación desarrollada por la Brigada Central de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, a través del Grupo de Protección del Menor.

Entre enero y julio de 2024

Según las conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, el acusado habría distribuido, entre enero y julio de 2024, decenas de archivos de explotación sexual infantil a través de redes de intercambio de archivos tipo peer to peer, concretamente mediante el programa eMule, utilizando una conexión domiciliaria identificada durante la investigación policial.

Las pesquisas permitieron a los agentes detectar la dirección IP desde la que se compartían los archivos, así como fechas, horas y huellas digitales (hash) de los mismos. A raíz de estos indicios, el juzgado autorizó la entrada y registro en el domicilio del investigado, que se practicó en marzo de 2025, procediéndose a la intervención de diverso material informático.

El análisis pericial de los dispositivos intervenidos —ordenadores, discos duros externos y memorias USB— permitió localizar cientos de archivos de contenido pedófilo, entre ellos vídeos y fotografías, algunos de ellos calificados como de especial gravedad.

962 archivos

Los informes técnicos concluyen que al menos 962 archivos contenían posible pornografía infantil y que parte de este material fue compartido con otros usuarios de la red.

Para la Fiscalía, los hechos son constitutivos de un delito previsto en los artículos 189.1 b) y 189.2 b) del Código Penal, en su redacción vigente, considerando al acusado autor directo del mismo. No aprecia la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Además de la pena de prisión, el Ministerio Público solicita la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que implique contacto habitual con menores, así como la imposición de una medida de libertad vigilada y el comiso del material informático utilizado para la comisión del delito. Asimismo, interesa la posible privación o inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela, en caso de sentencia condenatoria.

El acusado ingresó en prisión preventiva en marzo de 2025 y fue puesto en libertad en octubre del mismo año. La Fiscalía solicita que dicho periodo sea abonado en caso de condena. El procedimiento continúa ahora a la espera de la celebración del juicio oral, que tendrá lugar en la Audiencia Provincial de Cáceres este jueves, 5 de febrero.

Delito de difusión de material pornográfico infantil, previsto y penado en:

  • Artículo 189.1 b) del Código Penal
  • Difundir, vender, exhibir u ofrecer material pornográfico en cuya elaboración hayan participado menores de edad.
  • Artículo 189.2 b) del Código Penal
  • Cuando el material tenga carácter especialmente grave o degradante, o se refiera a menores de muy corta edad.
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