Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Tribunales

El TSJEx confirma la absolución por delito de odio al cuidador de una residencia de Cáceres y mantiene la condena por lesiones leves

La Sala desestima los recursos de Fiscalía y acusación particular, ratifica la multa de dos meses y la indemnización de 200 euros y ordena proteger la identidad de la víctima

Sede del TSJEx en Cáceres.

Sede del TSJEx en Cáceres. / E. P.

Ángel García Collado

Ángel García Collado

Cáceres

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres en una causa relacionada con una residencia de la capital cacereña. La Sala ha desestimado los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular y ha mantenido el fallo: condena por delito leve de lesiones y absolución por delito de odio, delito contra la integridad moral (trato degradante) y maltrato por conviviente.

La resolución ha dado por acreditado un episodio ocurrido el 18 de septiembre de 2023, en el que el trabajador ha intervenido para reducir al usuario, que presentaba una alteración de conducta. El tribunal ha respaldado que en esa actuación se ha empleado una fuerza excesiva que ha derivado en lesiones leves, encajadas en el artículo 147.2 del Código Penal.

Multa

La sentencia confirmada ha impuesto una multa de dos meses con cuota diaria de seis euros, además de una indemnización de 200 euros.

El TSJEx ha avalado la absolución por delito de odio al considerar que no se ha acreditado la motivación discriminatoria exigida para ese tipo penal, y ha respaldado también la absolución por trato degradante e integridad moral, al no apreciar una base probatoria suficiente para elevar los hechos más allá del episodio puntual que sí ha merecido reproche como lesión leve.

Protección de la víctima

La Sala ha acordado medidas de protección: ha prohibido difundir datos que permitan identificar a la víctima (persona con discapacidad necesitada de especial protección).

Tracking Pixel Contents