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Por un delito de defraudación de fluido eléctrico

La Audiencia Provincial de Cáceres confirma la condena a un hombre por pinchar la luz

La condena es firme y se impone a un vecino de Valdastillas indemnizar a la compañía eléctrica por el perjuicio económico causado

El condenado recurrió la sentencia alegando que el inmueble era la residencia de su madre dependiente

La sentencia la ha ratificado la Audiencia Provincial.

La sentencia la ha ratificado la Audiencia Provincial. / EP

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Eduardo Villanueva

Eduardo Villanueva

Cáceres

La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la condena impuesta a un vecino de Valdastillas por un delito de defraudación de fluido eléctrico, al considerar acreditado que realizó una conexión ilegal a la red para suministrar electricidad a una vivienda sin que el consumo pasara por el contador.

Multa e indemnización

La sentencia, que ya es firme, mantiene la multa de 360 euros y la obligación de indemnizar a la compañía eléctrica con 1.558,31 euros por el perjuicio económico causado.

Los hechos se remontan a una inspección realizada por empleados de la empresa distribuidora, que acudieron al inmueble para retirar el contador al no existir contrato de suministro. Durante la actuación localizaron dos cables conectados directamente al portafusibles, una instalación que permitía derivar la corriente eléctrica a la vivienda puenteando el contador y evitando así el registro del consumo.

Durante el juicio, los dos trabajadores de la compañía ratificaron la denuncia y explicaron el funcionamiento de la conexión irregular, una prueba que el juzgado consideró suficiente para acreditar la existencia del fraude. El magistrado de primera instancia concluyó que el acusado conocía perfectamente la instalación ilegal y que mantenía una vinculación directa con la vivienda donde se encontraba.

Residencia de su madre dependiente

El condenado recurrió la sentencia alegando que el inmueble era la residencia de su madre dependiente y que la inspección dejó a esta sin suministro eléctrico, tratando de desvincularse de la manipulación de la instalación. Sin embargo, el juez calificó esa explicación de "inverosímil", al entender que no desvirtuaba las pruebas practicadas durante el procedimiento.

La Audiencia Provincial ha desestimado ahora el recurso al considerar que no existe error en la valoración de la prueba y que la condena se sustenta en pruebas de cargo suficientes. Los magistrados respaldan íntegramente el razonamiento del juzgado y rechazan los argumentos planteados por la defensa.

De este modo, el tribunal confirma tanto la multa de 360 euros como la indemnización de 1.558,31 euros a favor de la empresa eléctrica por el consumo defraudado mediante la conexión ilegal, dando por concluido el procedimiento con una resolución firme.

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