Tribunales
La Audiencia de Cáceres suspende la prisión a un hombre condenado por agredir sexualmente a una niña de 11 años
La sentencia firme le impone dos años de cárcel y cinco de libertad vigilada, además de obligarle a realizar un programa de educación sexual

Audiencia Provincial de Cáceres. / EP

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a un hombre a dos años de prisión por agredir sexualmente a una niña de 11 años perteneciente a su entorno familiar. Sin embargo, el tribunal ha suspendido la ejecución de la pena privativa de libertad durante cinco años, por lo que el condenado no tendrá que ingresar en la cárcel siempre que cumpla las condiciones fijadas en la sentencia.
La resolución, dictada el pasado 5 de mayo, establece que durante ese periodo el hombre no podrá volver a delinquir y deberá participar en un programa formativo en materia de educación sexual. La suspensión fue solicitada por la defensa y contó con el informe favorable del Ministerio Fiscal. El acusado carecía de antecedentes penales.
La sentencia es firme y ejecutoria, ya que el acusado reconoció los hechos durante la audiencia preliminar y mostró su conformidad con la condena. Una vez conocido el fallo, tanto la Fiscalía como la defensa manifestaron que no presentarían recurso.
Comentarios sexuales y tocamientos
Los hechos se produjeron el 21 de mayo de 2024 en una localidad cuya identidad ha sido ocultada en la resolución judicial para preservar la intimidad de la víctima. La causa fue instruida por el órgano judicial de Navalmoral de la Mata antes de ser remitida a la Audiencia Provincial de Cáceres.
Según el relato de hechos probados, la menor, que tenía entonces 11 años, se encontraba en una zona de barbacoas situada en las inmediaciones de un establecimiento hostelero. El condenado, que pertenecía a su entorno familiar, se acercó a ella y comenzó a realizarle comentarios de contenido sexual.
A continuación, le tocó los glúteos por encima de la ropa, introdujo una mano bajo la camiseta que llevaba para tocarle el pecho por encima del top y la besó. Momentos después volvió a aproximarse a la niña, le cogió una mano y la colocó sobre sus genitales mientras realizaba otra expresión sexual.
La menor abandonó posteriormente el lugar acompañada por su hermano y un primo y se dirigió a la vivienda de su abuela. El acusado acudió también a ese domicilio y, al encontrarse nuevamente con ella en un pasillo, trató de besarla otra vez. En esta ocasión, la niña consiguió apartarlo.
Tras conocerse lo sucedido, el juzgado dictó el 26 de mayo de 2024 una orden que prohibía al investigado acercarse a menos de cien metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio. El hombre permaneció privado de libertad durante los días 25 y 26 de mayo y después continuó la causa en situación de libertad provisional.
Siete años sin trabajar con menores
La Audiencia Provincial de Cáceres considera los hechos constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años y condena al acusado, además de a los dos años de prisión, a cinco años de libertad vigilada.
El fallo también le impone siete años de inhabilitación para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad, remunerada o no, que implique un contacto regular y directo con menores de edad. Asimismo, estará inhabilitado durante cinco años para ejercer la patria potestad, la tutela, la curatela, la guarda o el acogimiento.
El condenado tampoco podrá aproximarse a menos de cien metros de la víctima, independientemente de que se encuentre en su domicilio, su lugar de estudios, su trabajo o cualquier otro espacio que frecuente. También tiene prohibido comunicarse con ella por teléfono, internet, por escrito, verbalmente, visualmente o a través de terceras personas.
La suspensión de la pena de prisión estará vigente durante cinco años. Si el hombre vuelve a delinquir o incumple las obligaciones impuestas, el tribunal podrá revocar el beneficio y ordenar el cumplimiento efectivo de los dos años de cárcel.
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