Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Tribunales

Condenado en Cáceres por entrar sin permiso en casa de su expareja y revolver hasta el cesto de la ropa

La Audiencia de Cáceres le impone 21 meses de prisión, cuya ejecución queda suspendida durante cuatro años, y le prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la mujer

Edificio de los juzgados de Cáceres.

Edificio de los juzgados de Cáceres. / Jorge Valiente

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Ángel García Collado

Ángel García Collado

Cáceres

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a un hombre que aprovechó que todavía conservaba una llave para entrar sin autorización en la vivienda de su expareja mientras ella y el hijo menor que tienen en común se encontraban de viaje. El acusado permaneció unos 45 minutos dentro de la casa, recorrió distintas habitaciones, revolvió el cesto de la ropa y acabó dañando el teclado de un ordenador al derramar sobre él agua o un líquido similar.

La sentencia, que ya es firme, le impone 21 meses de prisión como autor de un delito de allanamiento de morada y una multa de dos meses y quince días, con una cuota diaria de seis euros, por un delito leve de daños. En ambos casos se aplica la agravante de parentesco. La pena de cárcel, sin embargo, ha quedado suspendida durante cuatro años, por lo que el condenado no tendrá que ingresar inicialmente en prisión.

Relación sentimental previa

El hombre y la víctima mantuvieron una relación sentimental estable durante alrededor de trece años, concluida en octubre de 2024, y tienen un hijo menor. Después de la ruptura, la mujer se trasladó con el niño a una vivienda de su exclusiva propiedad.

Los hechos ocurrieron el 16 de abril de 2025. Según recoge la resolución, el condenado actuó con la intención de vulnerar la intimidad y la seguridad de su expareja. Sabía que ella y el menor estaban fuera y utilizó la llave que aún tenía para acceder a la casa sin su conocimiento ni consentimiento.

Durante los aproximadamente 45 minutos que permaneció en el inmueble entró en varias dependencias y revolvió el cesto de la ropa. También accedió a otra habitación en la que se encontraba un ordenador propiedad de la mujer y vertió agua o un líquido parecido sobre el teclado. Los daños fueron valorados en 75,25 euros, cantidad que deberá abonar a la perjudicada junto con los intereses correspondientes.

Cuatro años de suspensión

La condena se dictó después de que el acusado, su defensa, el Ministerio Fiscal y la acusación particular alcanzaran un acuerdo de conformidad. El hombre aceptó los hechos y las penas solicitadas y las partes renunciaron a recurrir, por lo que la resolución quedó declarada firme.

La Audiencia ha acordado suspender durante cuatro años la ejecución de los 21 meses de prisión al tener en cuenta que el condenado carecía de antecedentes penales, que la pena no supera los dos años y que se comprometió a pagar la indemnización.

La suspensión está condicionada a que abone inmediatamente los 75,25 euros y no cometa un nuevo delito que desvirtúe la confianza en la que se basa la medida. Un incumplimiento grave o reiterado podría provocar su revocación y obligarle a cumplir la pena de prisión.

Alejamiento y cursos de igualdad

El condenado tiene prohibido aproximarse a menos de 200 metros de su expareja, de su domicilio, de su lugar de trabajo y de cualquier espacio frecuentado por ella. Tampoco podrá comunicarse con la mujer de manera directa o indirecta, por teléfono, redes sociales, medios telemáticos o a través de terceras personas.

Por el allanamiento, estas prohibiciones se establecen durante cuatro años y seis meses. Además, durante los cuatro años de suspensión deberá respetar el alejamiento y la incomunicación y participar en programas formativos sobre igualdad de trato y violencia de género.

La resolución recuerda que, una semana después de los hechos, el 23 de abril de 2025, el Juzgado número 2 de Trujillo, que se encontraba en funciones de guardia, ya había acordado una orden de protección con medidas penales y civiles que continuaban vigentes cuando se dictó la sentencia.

Tracking Pixel Contents