Tribunales
Indemnizan con 49.000 euros a una menor que acabó en la UCI tras ser atropellada y arrastrada 18 metros en Cáceres
La Audiencia amplía la compensación a la menor, atropellada en un paso de peatones de una localidad cacereña, con los gastos de fisioterapia y una futura cirugía estética

Juzgados de Cáceres. / Carlos Gil

La Audiencia Provincial de Cáceres ha elevado hasta un máximo de 48.909,23 euros la indemnización reconocida a una menor que fue atropellada en un paso de peatones y arrastrada durante aproximadamente 18 metros por el vehículo. La nueva cantidad incluye los gastos de fisioterapia y el presupuesto de una intervención de cirugía estética destinada a corregir la cicatriz que le dejó el accidente.
Los hechos ocurrieron sobre las 21.15 horas del 7 de agosto de 2023 en una localidad de la provincia de Cáceres cuya identidad aparece ocultada en la resolución judicial. El conductor circulaba al volante de un Peugeot Partner cuando, según los hechos declarados probados, llegó a un paso de peatones y no respetó la prioridad de quienes lo estaban cruzando.
El golpe
El vehículo golpeó a la menor con su parte delantera izquierda. La víctima cayó al suelo y fue arrastrada unos 18 metros desde el lugar del impacto. Tuvo que ser atendida inicialmente en Urgencias y trasladada posteriormente a la Unidad de Cuidados Intensivos. Las lesiones requirieron tratamiento médico y quirúrgico.
El conductor fue condenado por un delito de lesiones por imprudencia a seis meses de multa, con una cuota diaria de tres euros, y a la retirada del permiso de conducir durante un año. La sentencia fijó inicialmente una indemnización de 42.734,23 euros para la menor y obligó además al acusado y a la aseguradora a pagar 987,97 euros al Servicio Extremeño de Salud por los gastos de asistencia sanitaria.
La familia de la víctima recurrió exclusivamente la cuantía de la responsabilidad civil. Solicitó que se incluyeran dos facturas de fisioterapia, el presupuesto de una operación para reparar la cicatriz y los intereses sancionadores previstos para las aseguradoras cuando se retrasan injustificadamente en el pago.
La rehabilitación favoreció su mejoría
La Audiencia acepta que deben añadirse 925 euros por las sesiones de fisioterapia. El médico forense había señalado que la rehabilitación privada, prescrita por un traumatólogo, produjo una mejoría apreciable tanto de los dolores como de las contracturas sufridas por la menor.
El tribunal también rechaza que las facturas se presentaran demasiado tarde. La acusación particular las entregó seis días antes del juicio, un plazo que, según la resolución, permitió a las demás partes conocerlas y ejercer adecuadamente su defensa.
La indemnización de pago directo queda así elevada desde los 42.734,23 euros iniciales hasta 43.659,23 euros.
Otros 5.250 euros si se opera la cicatriz
La sentencia reconoce además la procedencia de otros 5.250 euros para una intervención de cirugía estética reparadora. La Audiencia explica que son compatibles la indemnización concedida por la secuela estética y el coste de una operación destinada a reducir o eliminar esa cicatriz.
Sin embargo, esta última cantidad no se abonará automáticamente. Al tratarse únicamente de un presupuesto, la menor deberá acreditar durante la ejecución de la sentencia que se ha sometido realmente a la intervención. Solo entonces tendrá derecho a recibir esos 5.250 euros.
De realizarse la operación, la compensación total alcanzará los 48.909,23 euros, sin contar la cantidad destinada al SES ni los intereses legales correspondientes.
Sin intereses sancionadores para la compañía
La Audiencia rechaza, en cambio, imponer a la compañía aseguradora los intereses especiales por demora. La resolución considera que la compañía fue realizando pagos y ofertas a medida que se concretaba el alcance definitivo de las lesiones.
La aseguradora ofreció dos pagos de 3.000 euros en noviembre de 2023 y enero de 2024. Tras incorporarse el informe forense, presentó en abril de 2024 una oferta motivada por 42.734,23 euros y consignó posteriormente el resto de esa suma.
Para el tribunal, esos abonos periódicos y la consignación de la indemnización poco después de conocerse la valoración médica impiden considerar que existiera un retraso injustificado. Por ello, la Audiencia estima solo parcialmente el recurso de la víctima, mantiene la condena penal y amplía la indemnización en las dos partidas correspondientes a fisioterapia y cirugía estética.
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