Maltrato animal
Confirman la absolución de un padre y su hija por la muerte de 75 vacas en su explotación en Cáceres
La Audiencia Provincial considera que no se ha demostrado con la certeza necesaria que los animales murieran por falta de alimento y mantiene la duda sobre la incidencia de la enfermedad hemorrágica epizoótica

Audiencia de Cáceres. / JORGE VALIENTE

La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la absolución de un padre y su hija que estaban acusados de un delito de maltrato animal por la muerte de 75 reses bovinas en una explotación ganadera situada en el término municipal de Casas de Millán. El tribunal ha desestimado el recurso presentado por el Ministerio Fiscal y ha ratificado íntegramente la sentencia dictada en diciembre de 2025 por el órgano penal de Cáceres.
La resolución ha considerado que no se ha demostrado con la certeza exigida en un procedimiento penal que los animales fallecieran porque los responsables de la explotación hubieran dejado de proporcionarles los recursos alimenticios e hídricos necesarios. La Audiencia ha reconocido que la interpretación defendida por la Fiscalía también resulta lógica, pero ha concluido que el recurso refleja una discrepancia en la valoración de las pruebas, sin acreditar que el razonamiento de la sentencia absolutoria fuera irracional, arbitrario o contrario a los conocimientos científicos.
Una explotación con más de 400 reses
Los hechos se remontan a noviembre de 2023. Una inspección veterinaria realizada el día 3 ha permitido localizar al menos 70 cadáveres de vacuno en diferentes estados de descomposición, además de varios animales vivos en estado caquéctico. Los inspectores también han advertido de la ausencia de pasto y de alimentación adicional en las fincas.
Una semana después, el 10 de noviembre, se han encontrado otros cinco cadáveres. Entre los animales examinados figuraban una vaca agonizante que había quedado atrapada en el barro y una ternera lactante con signos de deshidratación por ausencia de líquidos.
La explotación, que contaba con más de 400 cabezas de ganado, estaba gestionada desde hacía aproximadamente seis años por los dos acusados. El hombre tenía 82 años cuando se celebró el procedimiento, mientras que su hija residía en Estados Unidos. En las instalaciones trabajaba además personal contratado, incluido un empleado que llevaba 44 años vinculado a la finca.
La sentencia ha declarado probada la existencia de los cadáveres, el deficiente estado de numerosos animales y la falta de pasto y alimentación suplementaria. Sin embargo, ha señalado que durante el juicio no se practicó una prueba suficiente que permitiera establecer la causa concreta de las muertes y vincularla directamente con una actuación u omisión de los acusados.
La Fiscalía defendía que murieron por inanición
El Ministerio Fiscal ha sostenido que las reses murieron por inanición debido a la ausencia de recursos naturales, la insuficiente adquisición de forraje y una distribución inadecuada de los alimentos. También ha destacado que los veterinarios no apreciaron síntomas evidentes de una enfermedad infecciosa durante las inspecciones y que numerosos ejemplares presentaban un estado compatible con una alimentación deficiente.
La Fiscalía había solicitado la anulación de la absolución y la devolución del procedimiento al juzgado para que dictara una nueva sentencia. Pretendía que se incluyera como hecho probado que los animales murieron porque, desde el verano de 2023, los acusados dejaron de proporcionarles los recursos necesarios para subsistir.
La Audiencia ha señalado que los argumentos de la acusación podrían sustentar una interpretación distinta de las pruebas, pero ha recordado que un tribunal de apelación tiene facultades muy limitadas para revisar una sentencia absolutoria. Solo puede anularla cuando la motivación sea inexistente o insuficiente, se apoye en errores evidentes, utilice razonamientos contrarios a la lógica o ignore pruebas relevantes.
En este caso, los magistrados han entendido que la primera sentencia analizó detenidamente las declaraciones de los veterinarios, los informes, las fotografías y los testimonios practicados durante el juicio.
La duda sobre una enfermedad
Uno de los elementos centrales del procedimiento ha sido la posible incidencia de la enfermedad hemorrágica epizoótica, que afectó a numerosas explotaciones extremeñas durante el verano de 2023. Varios ganaderos de fincas próximas han declarado que también perdieron animales durante aquella epidemia.
La resolución recoge que algunos peritos consideraron probable que la enfermedad hubiera estado presente en la ganadería, aunque no se realizaron pruebas específicas que permitieran confirmarlo. También ha apuntado que el estado caquéctico podía ser compatible tanto con la falta de alimentación como con las secuelas de esta enfermedad.
Además, al menos 36 de las reses habrían muerto durante los meses de abril y mayo de 2023, antes de la aparición de la epidemia en Extremadura, sin que haya quedado determinada la causa de esos fallecimientos.
La sentencia ha resaltado asimismo que, después de noviembre de 2023, no se registraron nuevos cadáveres, pese a que las prácticas de alimentación supuestamente no habían cambiado. Para la Audiencia, esta circunstancia ha reforzado las dudas sobre la posibilidad de atribuir todas las muertes a la falta de comida.
Sin certeza sobre los últimos animales
El tribunal también ha analizado de manera individual algunos de los ejemplares encontrados durante la segunda inspección. Sobre la vaca atrapada en el barro, ha indicado que ya se encontraba en muy mal estado cuando fue localizada, pero que no se pudo determinar cuándo murió ni si el fallecimiento se produjo por no haber recibido agua o alimento.
En cuanto a la ternera lactante deshidratada, uno de los peritos explicó que su muerte también podía estar relacionada con el fallecimiento previo de la madre y con la falta de otra vaca que pudiera amamantarla. La resolución ha concluido que tampoco en este caso se ha demostrado una actuación dolosa de los acusados.
La Audiencia ha insistido en que la sentencia absolutoria no ha negado el grave estado en el que se encontraba la explotación, sino que ha considerado imposible acreditar más allá de toda duda razonable que las muertes fueran consecuencia de una conducta penalmente responsable.
La explotación pasó provisionalmente a manos de otra persona en septiembre de 2024 mediante una medida cautelar. Con la nueva resolución, la Audiencia ha confirmado la absolución y ha declarado de oficio las costas del recurso. Contra la sentencia únicamente cabe recurso de casación por infracción de ley ante el Tribunal Supremo.
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