El alcalde de Malpartida de Cáceres, Alfredo Aguilera, ha calificado de "controversia jurídica" su situación como cargo público, tras conocer la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo 2 de Cáceres que ha fallado que el regidor incurre en "causa de incompatibilidad desde el 19 de noviembre de 2020", fecha en la que la sentencia condenatoria por maltrato a su ex mujer se hizo firme.

"Este fallo era una posibilidad porque mi situación presenta una importante controversia jurídica por varios motivos", explica Aguilera en un comunicado hecho público en sus redes sociales, donde subraya que la sentencia ha estimado parcialmente el recurso contencioso interpuesto por el PSOE de Malpartida contra el acuerdo del pleno del 23 de febrero de 2021.

Un acuerdo donde "no considerábamos que yo, como alcalde, incurriera en incompatibilidad y tuviera que irme de la alcaldía".

Al respecto, Aguilera ha recordado que la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 2 de Cáceres, de 17 de julio de 2019, "no me condena a dejar la alcaldía, sino a nueve meses de prisión y de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo".

Posteriormente, añade, "esta condena me ha sido suspendida por lo que no tengo que cumplirla".

En el argumento de la demanda del PSOE se alude a "una sentencia de hace 28 años del Tribunal Constitucional (TC) que decía que cualquier condena de cargo público conllevaba la incompatibilidad sobrevenida por la Ley Electoral", manifiesta Aguilera.

Sin embargo, "nosotros aportamos sentencias posteriores del propio TC y del Tribunal Supremo (TS) donde venían a decir que si se suspendía la pena principal (prisión), como es mi caso, también se suspendían las accesorias (inhabilitación). Es decir, no habría incompatibilidad sobrevenida", argumenta el regidor malpartideño.

Al respecto, señala que la propia Audiencia Provincial de Cáceres, que ratificó la condena penal a Aguilera y desestimó su recurso, indica en el auto (fechado el 24 de septiembre de 2020) que "cabe la posibilidad de que la pena no llegue a ser efectivamente cumplida, cuestión que puede tener incidencia en la concurrencia del supuesto de inelegibilidad".

Según explícita el auto, y destaca Aguilera, "únicamente es causa de inelegibilidad cuando deriva de la comisión de un delito contra la Administración Pública", entre los que no se encuentra el delito que por el que él ha sido condenado.

Se trata, según lamenta el regidor municipal, de argumentos que "no han sido considerados por la sentencia del Contencioso-Administrativo".

Por ello, estudia el recurso de apelación, como ya avanzó el jueves, y tiene de plazo hasta el 15 de septiembre, aunque reconoce que "son pocas" las posibilidades, "pero las hay".

En este punto ha pedido al PSOE que respete su derecho a defenderse y también ha desmentido las acusaciones que indican que su situación ha causado perjuicios al Ayuntamiento.

El PSOE cifra en 20.000 euros el gasto público derivado de la causa judicial, pero Aguilera subraya que "no existen gastos jurídicos ocasionados" y, por contra, ha criticado los "servicios prestados por personal de la Diputación de Cáceres, en horario de trabajo, pagados con el dinero de todos, y que se dedican a presentar denuncias contra mi".

Alfredo Aguilera abandono el PP, tras el primer fallo judicial contra él en julio de 2019, y desde entonces ha continuado en la alcaldía como no adscrito.