Sector financiero

La batalla legal de las tarjetas 'revolving' sigue pese a la sentencia del Supremo

Arriaga y Asufin aconsejan a sus clientes mantener las demandas por usura ante el impacto económico del producto y el riesgo que comporta

La batalla legal de las tarjetas 'revolving' sigue pese a la sentencia del Supremo.

La batalla legal de las tarjetas 'revolving' sigue pese a la sentencia del Supremo.

Eduardo López Alonso

La batalla legal por las tarjetas 'revolving' está todavía lejos de haber finalizado. Pese al apoyo de las tesis de la banca por parte del Tribunal Supremo, las demandas por usura contra los bancos seguirán presentándose. Arriaga Asociados uno de los bufetes de abogados paladines en la lucha contra las prácticas bancarias ha informado este viernes de que "continuará demandando a bancos y emisores de tarjetas 'revolving' por opacidad y usura" y que la reciente sentencia del Supremo no va a detener las reclamaciones al considerar que esas tarjetas se comercializaron "sin transparencia".

El Tribunal Supremo considera que una tarjeta de pago aplazado o 'revolving' es usuraria si el interés aplicado supera en más de seis puntos porcentuales al tipo de interés medio de estos productos financieros en cada momento. En sendas sentencias fechadas el pasado 15 de febrero, el Pleno analizó la determinación del carácter usurario de un préstamo hipotecario en el que el prestamista no es una entidad de crédito. La primera sentencia abordó el caso de una clienta que en mayo de 2004 suscribió un contrato de tarjeta de crédito Visa, modalidad 'revolving', con Barclays Bank, que aplicó un interés del 23,9% TAE.

Para los expertos de Arriaga, la legislación española establece que las entidades financieras tienen la obligación de proporcionar a los clientes toda la información necesaria para entender los términos de la tarjeta, por lo que la sentencia "no altera la estrategia de defensa" de los clientes del despacho de abogados Arriaga Asociados, que podrán seguir solicitando la nulidad del contrato de la tarjeta 'revolving' por la falta de información y la opacidad en las condiciones económicas en las que accedieron a la financiación, "no pudiendo entender el carácter perpetuo de la deuda contraída". Afirman por ello que esos contratos se caracterizaban por su "falta de transparencia". Esos argumentos se han considerado tradicionalmente válidos en otros conflictos legales de la banca, como por ejemplo en las hipotecas en monedas extranjeras y que los jueces se han mostrado favorables a los clientes, recalculando los préstamos en euros.

Gastos asociados y mecánica de interés compuesto

Uno de los factores que aluden los abogados de Arriaga para mantener vivas las denuncias sobre las tarjetas 'revolving' es que los jueces tienden a valorar solamente "la carga económica teórica de la tarjeta al dar por válido el TIN (tipo de interés anual), sin incluir, en el cálculo del interés del dinero de la tarjeta, los gastos y comisiones que suponen para el cliente el seguro de pagos, las disposiciones de efectivo en cajeros, interés de demora y otros aspectos".

Pese al indudable varapalo que supone la sentencia del Supremo, que ha llenado de satisfacción a la banca, en Arriaga consideran que se abre una nueva oportunidad para demostrar la carga económica real de cada contrato, frente a la teórica que viene tomándose de referencia, "y que es irreal", afirman.

La sentencia del Supremo ha desatado críticas entre los demandantes y en Arriaga se habla de "criterio desproporcionado y sin justificación normativa" la negativa de usura de un tipo del 23%. Para a la Asociación de Usuarios Financieros, Asufin, la tarjeta 'revolving' es "uno de los productos de financiación más peligrosos que puede suscribir un consumidor financiero en estos momentos". En momentos de subida de los tipos de interés la situación es más peligrosa para las familias.

Mecanismo de anatocismo

"La mayoría de las TAE a las que se comercializan las tarjetas 'revolving' no integran la totalidad de comisiones, ni seguros de protección de pagos, cada vez más habituales, ni el peligroso interés compuesto que genera anatocismo", explican en Asufin. Por anatocismo se entiende el fenómeno por el de acumular al capital de un préstamo los intereses vencidos y no satisfechos, para que estos a su vez generen nuevos intereses. En la práctica, el impago de un préstamo o el retraso en el pago de este siempre tiene consecuencias: el pago de intereses de demora o moratorios. Así, el propio interés compuesto, o mecanismo de amortización de la deuda de estas tarjetas, "es en sí mismo, fuente generadora de interés desproporcionado y usurario", según Asufin.