La Campaña de la Renta 2023 comienza el próximo martes 11 de abril y miles de ciudadanos ya se han puesto manos a la obra con los trámites que se requieren cada año. Sin embargo, pese a ser una gestión que se realiza cada primavera, es habitual que las dudas vuelvan a surgir. Pero, no hay nada que temer, pues los contribuyentes tienen como fecha límite el 30 de junio para realizar su declaración.

Si bien queda mucho tiempo por delante, es recomendable comenzar cuanto antes para solventar los problemas que puedan surgir con tiempo y sin nevesidad de apurarnos. Así, desde el próximo 11 de abril los ciudadanos podrán solocitar el borrador de la declaración.

La campaña de la declaración de la renta va abriendo diferentes fases en las que se permiten realizar las gestiones de formas diversas. La primera etapa de la campaña arranca el 11 de abril y solo podrán confeccionar la declaración aquellos que lo vayan a hacer por Internet, mientras que los que quieren hacer los trámites por teléfono tendrán que esperar hasra el 5 de mayo. Será el 1 de junio cuando llegue el turno para quienes decidan acudir físicamente a las oficinas de la Agencia Tributaria. No hay que olvidar, que tanto para la atención telefónica, como para la presencial, habrá que pedir cita previa.

Una vez tenemos claras las fechas más importantes de la Renta 2023, debemos recordar cómo se realiza uno de los pasos más importante, el de solicitar el borrador. Para obtener ese documento por internet, necesitas acceder a la web oficial de la Agencia Tributaria, concretamente al apartado denominado 'Renta 2022'.

  • DNI electrónico u otro certificado digital. Para ello, es necesario elegir la opción ‘Con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico’ e introducir el documento correspondiente.
  • Es necesario estar registrado en el sistema Cl@ve. En este caso hay que poseer el pin que te envían por sms o a través de la app de Cl@ave Pin. Este código dura solo 10 minutos.
  • Número de referencia de la declaración de la Renta del año anterior. Esta es la opción más sencilla, sin embargo, solo lo podrán utilizar los contribuyentes que realizaron su ejercicio fiscal el año anterior, fijándose en la casilla 0505. Esta opción no está dispoonible para las personas que realicen la declaración de la renta por primera vez.
  • IBAN de una cuenta bancaria de la que el contribuyente es titular. Esta opción también es posible cuando seleccionas el número de referencia.

Debes hacer 'clic' en Borrador/Declaración (Renta web) e introducir datos personales como el estado civil, el sexo, la comunidad donde vives, dirección fiscal, datos sobre hijos o personas dependientes, etcétera.

Una vez tengas todo completado, podrás hacer una revisión de todos los datos, cambiarlos si es necesario y añadir algunas situaciones para las deducciones pertinentes.

Los contribuyentes también tienen a su disposición un servicio telefónico para información relacionada con el borrador en horario de lunes a viernes, de 09.00 a 19.00 horas: 91 554 87 70 (accesible también a través del 901 33 55 33).