El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón considera que la investigación del espionaje sufrido por el extesorero del PP Luis Bárcenas para arrebatarle lo comprometedor para el partido que pudiera guardar, conocido como Operación Kitchen, no necesita más diligencias y la ha dado por concluida. El auto de transformación en procedimiento abreviado, paso previo a la apertura del juicio oral, propone juzgar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, a su secretario de Estado Francisco Martínez y a la cúpula policial que estaba imputada, pero deja fuera de las actuaciones a la exsecretaria general del PP María Dolores de Cospedal, a su marido, Ignacio López del Hierro, y a su exjefe de gabinete, José Luis Ortiz, al no apreciar que existan indicios suficientes contra ellos para que se sienten en el banquillo, pese a los audios y agendas del principal imputado en el caso, el excomisario José Manuel Villarejo, así como algunos testimonios, que les situaban al tanto del dispositivo.

El magistrado, que ya tardó nueve meses en aceptar la imputación de Cospedal y López del Hierro en la operación Kitchen, descarta en su auto, de 70 páginas, una trama política ajena al Ministerio del Interior y delimita la responsabilidad penal en Fernández Díaz y Martínez, como máximos responsables del resto de implicados que también propone juzgar por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencia y malversación de caudales.

Entre ellos se encuentran el número dos de la policía Eugenio Pino y los comisarios que participaron en los seguimientos a los que se sometió a Bárcenas y a su familia y en la contratación de su chófer, Sergio Ríos, a cambio de 2.000 euros de los fondos reservados y el ingreso en la policía. El juez ni siquiera ha accedido a interrogar como imputado al que era director general de la Policía, Ignacio Cosidó, como pedía Anticorrupción.

El ex ministro de Interior Jorge Fernández Díaz. EFE

Pese al revés que para el PP supone la decisión judicial, su presidente, Pablo Casado, ha preferido centrarse en que el juez ha concluido que Cospedal no tiene ninguna responsabilidad. La exsecretaria general fue su valedora en las primarias y, si se hubiera sentado en el banquillo, el máximo responsable de los populares no habría tenido más remedio que tomar medidas disciplinarias contra ella, algo que ha evitado estos meses pese a ser investigada. No le abrió ni un expediente informativo, tal como marcan los estatutos del partido. Tras conocer la noticia, Casado ha pedido "una reflexión" a los partidos que le reclamaban mano dura contra ella. "Se ha visto que es una persona inocente. Yo no tengo nada que ver con Villarejo ni nada que temer. Lo que no sabemos es si Pedro Sánchez tiene algo que esconder y algo que temer", informa Pilar Santos.

Casado, aliviado por la exculpación de la exsecretaria general, que fue su valedora en las primarias

Cúpula policial de Rajoy

En el auto de transformación de las diligencias el juez relata que todos los imputados, "puestos de común acuerdo y con conocimiento de la ilicitud de los hechos en una fecha que no se ha podido determinar entre los años 2012 y 2013, pusieron en marcha el operativo". Así, Jorge Fernández Díaz, "con abuso de sus funciones y conocimiento de su ilicitud, instó a Francisco Martínez para que pusiera en marcha una misión encaminada a la obtención de información y documentación que pudiera estar el poder de Bárcenas".El objetivo era sustraer dicho material de la autoridad judicial en la investigación que se llevaba a cabo en el marco de la pieza separada del caso Gürtel conocida como los 'papeles de Bárcenas', que dejaron al descubierto el uso de una caja b por el PP.

Coordinación

Martínez "asumió la coordinación de la operación, que se encomendó, en cuanto a su planificación y desarrollo a Eugenio Pino", que a su vez encargó esta operación a Villarejo, quien, para su ejecución, se sirvió en un primer momento de Martín Blas, al frente de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía, y posteriormente de García Castaño, de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), que asumió personalmente el compromiso de llevar a buen puerto la misión, sirviéndose de su Unidad Especial de Seguimientos. El juez también ve indicios para juzgar a los comisarios José Luis Olivera, Marcelino Martín Blas, José Ángel Fuentes Gago, Bonifacio Díez Sevillano, Enrique García Castaño, Bonifacio Díez Sevillano y Andrés Gómez Gordo (de la máxima confianza de Cospedal).

El juez explica que Pino encomienda a Villarejo y a García Castaño, el desarrollo de labores operativas para ganarse la confianza y lograr la colaboración activa de Ríos, al que apodaron 'Cocinero', motivo por el que se da nombre al operativo. Para acceder a esta y que les facilitara lo que pudiera sustraer a la familia Bárcenas. se valieron del inspector jefe Gómez Gordo.

La resolución indica que la finalidad que guiaba tanto a Villarejo como a García Castaño era realmente la de incautar y mantener dicha documentación en su poder, sin entregárselo a sus superiores, para poder obtener algún tipo de beneficio personal; extorsionando o presionando con la misma a cargos públicos o responsables del Ministerio del Interior, o bien simplemente con la finalidad de preservar sus respectivos cargos en la cúpula policial y la impunidad en las actividades ilícitas que, presuntamente, venían desarrollando de forma paralela.

Falta de indicios

Ante el juez, Cospedal aseguró que ella no tenía capacidad para montar un dispositivo parapolicial, porque las competencias sobre la policía dependen de Interior, no del partido en el Gobierno, y que si hubiera querido arrebatar a Bárcenas información comprometedora para el partido no le habría devuelto las cajas con documentación que le guardó meses en la sede central, en la madrileña calle de Génova. Insistió en que en sus encuentros Villarejo nunca le aportó nada que no estuviera ya en prensa.

Al juez le convencen esas explicaciones, porque señala que, a diferencia de los responsables ejecutivos del Ministerio del Interior, respecto de los que existe una sólida base indiciaria en el caso de estos tres resulta llamativa la debilidad de las razones que justifican su incriminación. La imputación a Cospedal y López del Hierro de una participación intelectual no deja de ser, argumenta el juez, “resultado de una inferencia voluntarista sin fundamento en indicio alguno, pues no hay reflejo de ello en las actuaciones”.

El instructor rechaza la petición de todas las acusaciones de prorrogar las diligencias y considera inútiles e impertinentes las pedidas por Fiscalía. Argumenta que nuestra legislación procesal no admite investigaciones prospectivas. “La actividad instructora no puede concebirse como una suerte de soltar la red en fondeo por si se encuentra el delito, sino todo lo contrario”, añade. La resolución puede ser recurrida ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.