La Fiscalía de Madrid no ve delito en la venta de 1.860 viviendas, locales y garajes públicos al fondo de inversión Fidere que fue realizada por el Ayuntamiento regido por Ana Botella en 2013, y que comienza a juzgarse el martes en la Audiencia Provincial de Madrid. Por eso pide la absolución para los dos investigados por este asunto, el que fuera consejero delegado de la EMVS, Fermín Oslé, y para el apoderado de la entidad mercantil Fidere Vivienda, Alfonso Benavides.

La causa ha sido investigada por el Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid, que archivó las actuaciones en enero de 2019 si bien posteriormente las tuvo que reabrir a petición de las acusaciones populares que ejercen tanto el PSOE como la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de la EMVS. Esta última pide ocho años de cárcel por fraude y por malversación de causales públicos, así como ocho años de inhabilitación para ejercer como cargo público

Respecto a Botella, el Tribunal Supremo la había exonerado definitivamente de este asunto en junio de 2020, al rechazar el recurso que planteó la edil socialista Mercedes González contra una decisión anterior del Tribunal de Cuentas por impedirla recurrir el asunto en calidad de vecina. El órgano contable había cifrado en diciembre de 2018 en casi 25,8 millones de euros el perjuicio que esta operación ocasionó a la EMVS

Por ello, el único fleco que quedaba pendiente por la venta de viviendas de la EMVS era el investigado por el Juzgado de Instrucción número 38 que ahora llega a juicio. 

Denuncia de Lissavetzky

Las actuaciones se incoaron a raíz de una denuncia presentada por el abogado del PSOE en nombre del entonces portavoz municipal Jaime Lissavetzky, así como la Asociación de Afectados y Afectadas por la venta de viviendas de la EMVS contra el exdirigente de este organismo municipal Fermín Oslé y Alfonso Benavides, el apoderado de la firma Fidere --que gestiona el fondo de inversión Blackstone-.

Las acusaciones defienden que el procedimiento objeto de la causa "no fue correcto" por existir, entre otras cosas, "otras alternativas, otras posibilidades que produjesen algo así como menos daño a la ciudad de Madrid", según se señalaba en la querella de la que informó en dicho momento Europa Press.

En el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario perteneciente al mismo grupo de comunicación que este medio, se alinea con la tesis inicial del instructor, al considerar que la situación mercantil de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo S.A. a fecha 31 de diciembre de 2011, reflejó un resultado negativo, debido a la crisis.

Buscó equilibrio económico

En este contexto enmarca la actividad de Oslé, señalando que "trató de desarrollar una actividad tendente, por un lado, a dar cumplimiento al objeto social de la mercantil, y, por otro, a buscar un equilibrio para alcanzar la sostenibilidad económica. 

Ello debía llevarse a cabo, a juicio del Ministerio público, reduciendo la deuda y los costes de la cuenta de resultados, mediante la venta de activos, y, en concreto, enajenación de promociones completas, todo ello al amparo de lo establecido en el Decreto 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprobaba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid que, en su artículo 18, establecía dicha posibilidad.

A fin de conseguir maximizar el precio y alcanzar los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, continúa la Fiscalía, se formuló un Plan de Viabilidad de la EMVS por la consultora PwC, "que contemplaba no solo medidas para la reducción del gasto sino también reestructuración de personal, refinanciación tanto de la deuda pendiente hipotecaria, subrogable y no subrogable, como de las pólizas suscritas con entidades financiares, así como enajenación de patrimonio de Viviendas de Alquiler, entre otras". 

Además, los integrantes de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobaron el plan de viabilidad de la EMVS el 20 de junio de 2013, y fue ratificado por la Junta General Universal de la EMVS.

Contratos privados

Advierte asimismo la Fiscalía que EMVS, sociedad mercantil de capital social municipal, "si bien forma parte del Sector Público a los efectos de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), no es Administración Pública por lo que los contratos formalizados por la misma tienen el carácter de privados".

Añade que a resultas de la operación, el ejercicio económico de 2013 arrojó un resultado positivo en todas sus partidas, incrementando el patrimonio neto y los fondos propios y reduciendo el pasivo, conforme a las previsiones del Plan de Viabilidad y dando cumplimiento a las obligaciones de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. En este punto insiste la Fiscalía en que el procedimiento "en todo momento se ajustó a las prescripciones establecidas" en la normativa aplicable, por lo que no puede hablarse de irregularidad.