El expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps ha presentado un nuevo incidente de recusación contra otro de los tres magistrados que conforman el tribunal que lo juzgará por la pieza de los contratos menores de la Generalitat con la trama Gürtel, aún pendiente de señalar la fecha. Según el escrito presentado por la defensa de Camps, que el exjefe del Consell también firma como letrado, dos motivos le llevan a intentar apartar del tribunal que lo juzgará a José Antonio Mora Alarcón: haber resuelto el incidente de recusación que Camps presentó contra el otro magistrado, José Ricardo de Prada, y haber juzgado (y condenado) la pieza de la trama Gürtel por los amaños en la visita del papa. La sección segunda de la Audiencia Nacional ya ha rechazado varios recursos para cambiar el tribunal designado para juzgarlo así como su petición de remitir su caso al Tribunal de Justicia Europeo.

El magistrado Mora Alarcón fue el ponente de la segunda sentencia contra Rafael Blasco, el exconseller por malversar las ayudas públicas a la cooperación internacional. Un fallo de la sección quinta de la Audiencia de València que está pendiente del recurso de casación que presentó la coordinadora valenciana de ONGD ante el Tribunal Supremo. Éste fue el último cometido de Mora Alarcón en la Audiencia de València antes de ser designado presidente de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Camps afea al magistrado Mora Alarcón haber sido el "firmante del auto de fecha 27 de enero de 2022 por el que se inadmite a trámite la recusación planteada por esta parte frente al magistrado José Ricardo de Prada Solaesa" cuando el incidente de recusación presentado por un exalto cargo de la Conselleria de Sanidad procesado en esta causa, Rafael Peset, sí fue admitido por "Francisco Javier Vieira Morante (perteneciente a la Sección 1ª) quien suscribe el Auto de fecha 26 de enero de 2022 (un día antes a resolverse nuestro incidente) de admisión a trámite del incidente del señor Peset" al considerar, recuerda la defensa de Camps, "que sí cumple con los preceptos" sobre la recusación de jueces, según la ley orgánica del poder judicial.

Por ello la defensa del expresidente del Consell considera que "queda en cuestión la imparcialidad y evidencia un interés directo en la causa (vinculada al partido político al que pertenece mi patrocinado y que el magistrado ahora recusado ha juzgado con anterioridad [en referencia al juicio de la Gürtel por la visita del papa])" o, apunta, "al menos, en la inadmisión del incidente de recusación contra el que es su compañero de sección [en referencia a De Prada), y ello como consecuencia de la infracción en la que incurre del artículo 108 LEC y, por extensión y efecto directo, de los artículos 24 de la CE y 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".