El Tribunal de Cuentas ha dado la razón a Raül Romeva, Oriol Junqueras y otros 18 encausados en el procedimiento por responsabilidad contable por el 1-O y la acción exterior del Govern y ha decidido devolver el depósito en efectivo constituido por ERC en la fase de actuaciones previas, por 2.136.164 euros, cuando la delegada instructora decidió rechazar los avales del Institut Català de Finances (ICF) para cubrir la fianza de 5,4 millones de euros impuestos el primer día.

Durante la vista celebrada en la sede del tribunal, el pasado 12 de julio el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Manuel Martín-Granizo, cambió de criterio y defendió la devolución del depósito una vez que la Sala de Justicia había corregido a la delegada instructora Esperanza García y había admitido los avales. Tras la nueva posición del ministerio público, Sociedad Civil Catalana, que ejerce la acusación se quedó sola a la hora de reclamar el mantenimiento del depósito. La consejera Elena Hernáez ha accedido a sustituir las medidas cautelas por dos razones. En primer lugar por el propio auto de la Sala de Justicia que acepta los avales como garantía de las responsabilidades previas y provisionales determinadas en la fase de actuaciones previas. Por otro, porque, una vez analizadas las circunstancias del caso concreto, ha comprobado que, en relación con los nueve avales del ICF ofrecidos por los demandados afectados por el depósito de ERC se cumplen los requisitos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Cubrir la posible condena

De tal forma que los avales siguen garantizando la efectividad de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de los demandantes, que reclaman una cantidad total de 3,4 millones de euros por la responsabilidad contable en que pudieran haber incurrido por el 1-O y la acción exterior del Govern, porque que avales cumplen con los siguientes requisitos legales: son suficientes, tienen carácter solidario y duración indefinida, y son pagaderos a primer requerimiento. En concreto, en relación con el cumplimiento del requisito de la suficiencia de la medida cautelar sustitutoria, se comprueba que la cantidad total reclamada a Raül Romeva en la demanda interpuesta por Sociedad Civil Catalana asciende a 939.797 euros; mientras que, en el escrito de demanda del Ministerio Fiscal asciende a 1.390.452 euros. La cantidad total máxima garantizada por la suma de los nueve avales del ICF otorgados a aquellos concretos demandados que han pedido expresamente la sustitución del depósito constituido por ERC por los avales que el ICF les ha otorgado individualmente, asciende a 1.400.766 euros.