Iberdrola ha presentado un recurso de apelación donde solicita a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) que revoque la decisión del juez instructor de archivar las pesquisas sobre los presuntos encargos ilegales al comisario José Manuel Villarejo para el que fuera su director de Control de Funciones Corporativas José Antonio del Olmo al considerar que los presuntos delitos cometidos por éste no se han investigado lo suficiente.

El recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, se dirige contra el auto dictado el pasado 26 de julio por el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, con el que ordenó el sobreseimiento libre para Del Olmo, contra el que Iberdrola se querelló por un informe elaborado en 2004 donde se hacía eco de supuestas irregularidades relativas a la facturación al grupo empresarial de Villarejo, CENYT.

El magistrado entendió que el delito de falsedad en documento privado que Iberdrola imputaba a Del Olmo estaría prescrito y que los de revelación de secretos y revelación de datos reservados de persona jurídica que el gigante energético sumó posteriormente a su querella contra el ex 'controller' estarían amparados por la directiva 'whistleblower', destinada a proteger a los denunciantes, y, además, estarían igualmente prescritos.

Para Iberdrola, dicho auto "es una nueva exteriorización de la voluntad judicial de poner fin a (o, más bien, impedir el inicio de) cualquier tipo de instrucción dirigida a esclarecer las posibles responsabilidades penales en las que podría haber incurrido el señor Del Olmo".

Así, la compañía alerta a la Sala sobre una supuesta "ausencia de actividad instructora", por cuanto indica que ha interesado "hasta en siete ocasiones" la práctica de "diligencias de investigación necesarias, útiles y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos constitutivos de los delitos falsarios imputados al señor Del Olmo" sin que "ninguna" se haya aceptado.

Además, advierte de que García Castellón habría obviado con ello el mandato de la propia Sala, que instó al instructor a determinar si la documentación aportada por Del Olmo es necesaria para la investigación de esta pieza separada del 'caso Villarejo' y, en su caso, indagar en su presunta falsedad determinando si ello es competencia de la Audiencia Nacional o de los juzgados ordinarios.

Con todo, Iberdrola reprocha al juez "decretar la desestimación de una querella realizando una valoración sesgada de los hechos y acudiendo arbitrariamente a una pretendida interpretación conforme al Derecho de la UE".

"Un plan preconcebido"

En primer lugar, sostiene que la presunta falsedad documental no estaría prescrita porque afirma que 2004 --cuando Del Olmo redactó el informe y lo depositó ante notario-- no sería la fecha de referencia, sino 2019, cuando el documento salió a la luz con "ánimo de perjudicar".

En consecuencia, Iberdrola argumenta que no habrían transcurrido los cinco años necesarios para considerar prescrito el delito de falsedad documental, puesto que se cumplirían en 2024.

A ello añade que, "en un caso como el que nos ocupa, entra en juego el concepto de continuidad delictiva". "No cabe duda de que una falsedad documental como la aquí cometida y su posterior uso (...) forman parte de un mismo plan preconcebido", alega.

Por otro lado, reitera que Del Olmo no puede beneficiarse en modo alguno de la directiva 'whistleblower' porque "no utilizó ninguno de los canales de denuncia internos puestos a disposición por Iberdrola".

Subraya además que su ex directivo se habría apropiado de "muchísima más documentación" propiedad de Iberdrola que "no se limita tampoco a los documentos referidos a la contratación de CENYT".

"Estamos ante documentos sobre la contratación de otros proveedores, ajenos totalmente a los hechos que se investigan en la presente pieza, así como comunicaciones internas, información contable y, además, información confidencial sobre el denominado Proyecto de Corporación Única", detalla.

También descarta cualquier prescripción de los delitos enunciados en la ampliación de la querella original, esgrimiendo que Del Olmo se habría apoderado de toda esta documentación "al menos hasta el año 2017", por lo que "se habría extendido en el tiempo", más allá de 2004.

"Por tanto, ante estas concretas circunstancias, manifestar que el señor Del Olmo actuó en cumplimiento del deber de denunciar, cuando lo instruido hasta el momento acredita que nunca realizó denuncia alguna, es un razonamiento surrealista", concluye.