El Consejo General del Poder Judicial, cuyos 18 miembros se mantienen por el momento en activo tras fracasar la dimisión en bloque planteada desde el sector minoritario progresista, ha pisado el acelerador y el Pleno celebrado este jueves ha aprobado por unanimidad los informes sobre siete anteproyectos de ley. 

Entre ellos, dos de especial relevancia -- los referidos a la Ley de Familias impulsada por departamento de Ione Belarra y a la norma que sustituirá la actual ley de secretos oficiales, propuesta del Ministerio de Presidencia-- cuyo contenido es muy crítico con las propuestas legislativas del Ejecutivo.

Así, sobre el anteproyecto de ley de información clasificada el Consejo advierte de una "marcada indeterminación" de los motivos incluidos en la norma para declarar una información como tal, al tiempo que pide revisar los plazos de desclasificación automática por considerarlos "excesivos".

La valoración, que lleva la firma del vocal designado a propuesta del PP Wenceslao Olea, apunta que "la justificación de la clasificación de la información debe concretar el riesgo grave y cierto existente, y la concreta y directa incidencia en el núcleo del bien jurídico protegido ('seguridad y defensa del Estado'), no siendo admisibles meras relaciones con elementos accesorios".

A juicio del órgano de gobierno de los jueces, dicha incidencia "resulta dudosa y falta de concreción" en el artículo que incluye entre las categorías de alto secreto y secreto la información referida a la "seguridad pública y vida de los ciudadanos", a las "relaciones exteriores de España o situaciones de tensión internacional" y a los "intereses económicos o industriales de carácter estratégico". 

Tampoco en la categoría "confidencial", incluida en el anteproyecto, se establece una vinculación "clara" con la seguridad y defensa del Estado a juicio del Consejo. Y ello porque, si bien se entiende que las negociaciones políticas o los intereses generales de carácter económico o industrial pueden tener importancia, ello no constituye "una afectación a la organización estatal y su forma democrática de gobierno".

Solo debe clasificar el Gobierno

Por otro lado, el informe critica que el borrador permita clasificar información a otras autoridades que no sea el Gobierno. "En una democracia, la decisión de decretar el secreto es extremadamente grave, por lo que debe ser adoptada al más alto nivel del Poder Ejecutivo".

Además, el CGPJ cree que el borrador de la ley debería incluir un proceso que regule el acceso de los ciudadanos a la información clasificada, así como que el Congreso de los Diputados pueda acceder a ella a través de sus comisiones de investigación, no solo de la de secretos oficiales. Finalmente, apunta que las imprecisiones antes detalladas repercuten negativamente en el régimen sancionador, que "no cumple con los principios de legalidad, tipicidad, responsabilidad y proporcionalidad al no determinar con precisión las infracciones administrativas previstas".

Problemas de la ley de familias

En cuanto a la ley de familias, se trata de un texto que ya tiene categoría de Proyecto de Ley tras pasar por segunda vez --el pasado martes-- por el Consejo de Ministros, sin esperar a recibir el informe preceptivo del Consejo de Poder Judicial, que ha llegado dos días tarde. 

La norma ha sido analizada por los vocales Juan Martínez Moya, del sector conservador, y la abogada del grupo progresista Pilar Sepúlveda, con el resultado de un fuerte reproche referido a la técnica legislativa empleada, que a juicio de ambos causa "inseguridad jurídica" en relación con varios aspectos de la norma. Así, se apunta una regulación cuando menos confusa en lo que se refiere a los conceptos de unidad familiar y familia, a los efectos de poder aplicar las medidas de protección que prevé.

El artículo señalado es el 1.2 del proyecto, que dice que son familia “las personas unidas entre sí por matrimonio o que constituyan una unidad familiar”, así como “las personas individuales”, siempre que formen un núcleo estable de convivencia junto con sus ascendientes, las personas que de ellas dependan por filiación, tutela, curatela representativa o medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica análogas, guarda o acogimiento".

Además, la ley impulsada por Derechos Sociales no establece de forma clara e inequívoca, a juicio del Consejo, los requisitos para la acreditación de las parejas de hecho como unidad familiar con derecho de acceso a las ayudas, por lo que el dictamen sugiere una redacción que diferencie la convivencia estable y notoria y el registro de la pareja de hecho. 

"Rebasa el marco constitucional"

Concluye a este respecto que "la atomización que la ley realiza a la hora de detallar los distintos tipos de familia -previendo distintos tipos de protección en función del supuesto concreto, previendo el solapamiento de dos o más categorías y previendo incluso la equiparación de las personas solas sin explicación alguna- rebasa el marco constitucional de protección a la familia (artículo 39 de la Constitución) y crea confusión, inseguridad jurídica y desigualdad entre los destinatarios de las medidas de protección previstas en el articulado".

El informe advierte también de la necesidad de reformar el Estatuto Básico del Empleado Público para reconocer el adelanto del permiso de paternidad al nacimiento, en cumplimiento del principio de igualdad de trato.

Por otra parte, el informe señala que el anteproyecto contiene en gran parte de su articulado disposiciones de carácter programático, algunas de las cuales se reducen a enunciados normativos meramente descriptivos sin contenido jurídico propiamente dicho, lo que significa que carecen de mandato normativo concreto.