Investigación judicial

Los jueces vetan que la policía acceda al móvil del abogado de Junqueras por el caso Pegasus

La Audiencia de Barcelona avala que se requiera documentación a la empresa israelí NSO y al CNI

Andreu Van den Eynde, a las puertas de la Ciutat de la Justícia.

Andreu Van den Eynde, a las puertas de la Ciutat de la Justícia. / JORDI OTIX

J. G. Albalat

La Audiencia de Barcelona ha vetado a la policía revisar el teléfono móvil del abogado de Oriol Junqueras, Andreu Van den Eynde, tal y como reclamaba la fiscalía, para la elaboración de un informe pericial informático sobre el espionaje que padeció el letrado a través del programa Pegasus. El tribunal de la Sección Séptima considera que ese análisis no es necesario, por cuanto "el simple acceso" no consentido a los datos almacenados en el terminas "sería constitutivo de delito". Y no únicamente por la posible utilización indebida de los mismos, sino por la propia negativa del abogado a que se extraiga la información de su teléfono.

Van den Eynde impugnó la pericial informática de su móvil acordada por la jueza instructora del caso, a instancia de la fiscalía, al considerarla "innecesaria", al haber sido aportada ya una con el escrito de querella, y por suponer una "revictimización" al implicar el acceso a la información que se contiene en el teléfono y su entrega a unos peritos que no son identificados en la resolución judicial que acordaba la práctica de esta prueba. La Audiencia de Barcelona ahora le ha dado la razón. Debe tenerse en cuenta que se trata de un abogado que puede guardar en su teléfono información confidencial de sus clientes.

Por otra parte y en la misma resolución, la Audiencia de Barcelona avala que se tome declaración en calidad de investigado al legal representante de la mercantil OSY Technologies SARL, integrada en el grupo israelí NSO, fabricante y distribuidor de Pegasus, tal y como reclamaba Van den Eyden. El tribunal no comparte la argumentación expuesta por la jueza instructora y subraya que denuncia la interceptación de las comunicaciones de este abogado, que tiene su residencia en España y cuyo ataque tuvo lugar cuando se encontraba en nuestro país, es competencia de los tribunales españoles. El letrado sufrió el ataque el 14 de mayo de 2020, coincidiendo con el confinamiento decretado por el covid.

Los papeles necesarios

La Audiencia también considera necesario que la juez requiera a NSO documentación referente a los clientes que puedan haber usado Pegasus en España. "Ello permitirá esclarecer los hechos denunciados y determinar la autoría de los mismos", exponen los jueces. Sin embargo, a fin de garantizar el derecho de defensa, previamente a recabar esta documentación, se acuerda notificar a la compañía israelí su condición de investigada y los derechos que le asisten, entre otros, sobre la aportación o no de la documental reclamada en caso de considerar que pudiera incriminarle.

En cuanto a la petición de documentación al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el tribunal acepta que se realice, aunque, pare evitar una investigación prospectiva, el requerimiento se debe limitar a la aportación de información relativa a la compra del programa Pegasus y su posible uso, pero únicamente en relación al abogado de Junqueras y a la fecha en la que sufrió el ataque, el 14 de mayo de 2020. Los magistrados, en cambio, no estiman por ahora necesaria la testifical de la actual directora del CNI.