Pleno de 15 magistrados

El Supremo aborda 29 casos concretos para delimitar definitivamente los efectos del 'solo sí es sí' con riesgo de división

La Sala de lo Penal se reúne en Pleno este martes para abordar las rebajas en condenas firmes, contra las que la Fiscalía ha presentado ya más de 230 recursos

El magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena.

El magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena. / Javier Lizón

Cristina Gallardo

Tras más de 1.000 rebajas de condena a agresores sexuales -un total de 1.079 según el recuento oficial a fecha del pasado 1 de mayo- y más de cien excarcelaciones por la aplicación de ley del 'sólo sí es sí', el Tribunal Supremo aborda los próximos 6 y 7 de junio la fijación de una doctrina definitiva que afectará a las sentencias firmes. 

Concretamente, la Sala de lo Penal revisará los criterios aplicados por las audiencias provinciales y los tribunales superiores de justicia en cumplimiento de la norma impulsada por Igualdad, posteriormente reformada tras el escándalo que produjeron sus primeros efectos y que llevó incluso al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a pedir perdón a las víctimas por sus "efectos indeseados".

Hasta el momento, los pronunciamientos del Supremo no han afectado a estas condenas firmes, pero ahora toca analizar la validez de todas aquellas decisiones que los jueces españoles han ido adoptando en los últimos meses, obligados por la reforma de Montero y por el principio penal que obliga a aplicar la ley de forma retroactiva siempre que ésta beneficie al reo. A esta labor están convocados un total de 15 magistrados que tendrán sobre la mesa 29 casos concretos, han señalado a EL PERÓDICO DE ESPAÑA fuentes jurídicas.

Cada uno de los intregrantes de la Sala es el ponente de dos asuntos, mientras que el presidente Manuel Marchena lo es de uno, según las mismas fuentes, que añaden que es bastante probable que pueda producirse división en alguno de los casos. 

La nueva reforma penal instada por el PSOE, y que provocó su enésimo desencuentro con sus socios de Gobierno de Unidas Podemos, permite evitar que los casos futuros de agresión sexual acusen penas más bajas. Para evitarlo, se introduce un subtipo en el delito de agresión sexual para volver a incluir la circunstancias de violencia o intimidación. 

El Supremo dejó este Pleno para después de las elecciones municipales y autonómicas del pasado 28 de mayo, ya que es una regla no escrita en el alto tribunal evitar las causas de trascendencia política en periodo electoral. No se ha podido evitar, sin embargo, que el asunto sea dirimido de forma definitiva apenas dos meses antes de las próximas generales tras el adelanto electoral anunciado por Pedro Sánchez.

Examen para la Fiscalía

Se debe dirimir, entre otros temas carácter técnico, la validez de los criterios adoptados por el fiscal general del Estado, Álvaro García para tratar de frenar la sangría de rebajas. Hasta el momento el Ministerio Público ha presentado más de 230 recursos contra reducciones de penas y excarcelacionesante el alto tribunal, señalan fuentes fiscales a este diario.

Las decisiones de los jueces con respecto a la reforma penal han estado pasando durante los últimos meses por una primera revisión a cargo de los tribunales superiores de justicia, que evidencian diferencias de criterio respecto de algunas de las primeras rebajas de las que se beneficiaron los violadores. Así, por ejemplo, los tribunales superiores de Castilla y León, Andalucía o Baleares han revocado decisiones de las Audiencias Provinciales en coincidencia con la Fiscalía, anulando rebajas y excarcelaciones de varios agresores sexuales, mientras que en Madrid su alto tribunal viene desoyendo frontalmente las instrucciones dadas a los fiscales por Álvaro García.

'Horquillas' de penas

Dichas instrucciones, que el Supremo ahora delimitará, pasan por entender que en aquellos casos en los que la pena impuesta también fuera imponible con arreglo a la regulación resultante de la reforma no procederá la revisión de la condena. Se trata de analizar las diferentes horquillas de penas de cárcel para cada uno de los delitos, y valorar si se puede seguir manteniendo los años de cárcel impuestos inicialmente tras el correspondiente juicio al agresor sexual.

Otra de las cuestiones que deberá ser valorada ahora de de forma definitiva por el Supremo pasa por la posibilidad de aplicar a los casos de condenas por violencia sexual lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición Transitoria segunda del Código Penal, tanto en las redacciones de 2015 como en la de 2022, una posibilidad que para muchos juristas no es más que un 'parche' dado que la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad no estableció ninguna regla de estas características al final de su articulado.

Según la Fiscalía General, la posibilidad de aplicar estas normas transitorias y evitar rebajas en las condenas impuestas a agresores sexuales pararece ser el criterio seguido ya el propio alto tribunal en hasta siete resoluciones de los últimos meses. Si el Pleno lo confirma supondrá un aval a la reacción -en forma de Circular remitida a todos los fiscales de España -con la que el Álvaro García trató de frenar el escándalo de las rebajas y las excarcelaciones desde que estas empezaron a hacerse públicas.

El debate del consentimiento

Si hay algo que el Supremo tiene claro, pues lo ha señalado ya en diversas sentencias que resolvían en casación asuntos que aún no era firmes, es afirmar que el consentimiento de la mujer siempre ha estado en el Código Penal, lo que parece contradecir las posiciones de la ministra de Igualdad, Irene Montero, al defender contundentemente su proyecto inicial por "situar el consentimiento en el centro" y permitir con ello al Estado proteger a las mujeres. 

En todas estas sentencias el Supremo admite que de forma previa a la ley impulsada por Igualdad el consentimiento no se había definido antes en nuestra legislación en cuanto a delitos sexuales se refiere. No obstante, puntualiza que ello no significaba que, "desde siempre, la jurisprudencia no entendiese que tal consentimiento era sustancial" a la hora de juzgar las violaciones.