Condena
La Audiencia de Valencia mantiene en libertad provisional a Eduardo Zaplana
El tribunal no aprecia riesgo de fuga pero le impone medidas cautelares: retirada del pasaporte, comparecencia mensual y prohibición de salir del territorio nacional

Eduardo Zaplana. / EFE
Laura Ballester
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha decidido mantener en libertad provisional sin fianza al expresidente de la Generalitat Valenciana, Eduardo Zaplana. Los tres magistrados que presidieron el juicio del caso Erial, Pedro Castellano (presidente de la sección cuarta y también de la Audiencia de Valencia de forma accidental), Isabel Sifres y Cristina Badenes (ponente), rechazan así la petición del Fiscal Anticorrupción que ha investigado el caso, Pablo Ponce, que solicitó el ingreso en prisión de Zaplana, tras ser condenado a diez años y seis meses de cárcel, por el riesgo de fuga.
De hecho, el representante del Ministerio Público citó como ejemplo el antecedente de José María Tabares, el directivo del IVEX (Instituto Valenciano de la Exportación) que fue condenado e investigado en los dos casos IVEX. En el primero se le impusieron cinco años de cárcel por estafar seis millones al IVEX en una operación para producir derechos de compensación que permitieran a la factoría Ford exportar vehículos a Túnez. Tras esta condena, escapó a Japón en 2005. También se le investigó por el otro caso Ivex, los pagos: la presunta malversación por los pagos en 'B' y a través de paraísos fiscales de casi seis millones de euros al cantante Julio Iglesias por ejercer de embajador de la Comunidad Valenciana en 1998 y 1999.
Por el contrario, el tribunal no aprecia riesgo de fuga de Zaplana porque "no ha llevado hasta ahora ningún acto tendente a eludir la acción de la Justicia, ha comparecido en todas las sesiones del juicio y respondido a cualquier llamamiento judicial". No obstante, los tres magistrados de la sección cuarta sí imponen al exministro de Trabajo con José María Aznar medidas cautelares como "la retirada de pasaporte, prohibición de salida del territorio nacional y comparecencia mensual en sede judicial", según acaba de informar el TSJCV.
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